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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 043-2013-OEFA/CD Modifican Reglamento de Fraccionamiento y/o
11/12/2013
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 043-2013-OEFA/CD Modifican Reglamento de Fraccionamiento y/o
Modifican Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 043-2013-OEFA/CD Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 109-2013-OEFA/OA-Ejecución Coactiva y el Memorándum N° 1503-2013-OEFA/OA del 18 de octubre de 2013 de la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 2013 se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 043-2013-OEFA/CD
Lima, 8 de noviembre de 2013
VISTOS: El Informe N° 109-2013-OEFA/OA-Ejecución Coactiva y el Memorándum N° 1503-2013-OEFA/OA del 18 de octubre de 2013 de la Oficina de Administración;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 2013 se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;
Que, el Artículo 5° del citado Reglamento establece los plazos máximos de fraccionamiento y aplazamiento aplicables a las multas impuestas por el OEFA;
Que, el Numeral (i) del Numeral 5.1 del referido Artículo 5° establece que las multas inferiores o iguales a quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias podrán ser materia de fraccionamiento hasta por un plazo de seis (6) meses;
Que, en tal sentido, resulta necesario modificar el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA, a fin de señalar los plazos máximos aplicables al beneficio de aplazamiento, y al beneficio de fraccionamiento y aplazamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta;
Que, en atención a lo antes expuesto, en Sesión Ordinaria N° 028-2013 del 08 de noviembre de 2013, el Consejo Directivo del OEFA —a través del Acuerdo N° 052-2013—
acordó modificar el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el OEFA;
Con los visados de la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo
N° 022-2009-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modificar el Numeral (i) del Numeral 5.1 del Artículo 5° del Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 041-2013-OEFA/CD, el cual quedará redactado en los siguientes términos:
"(i) Para multas inferiores o iguales a quinientas (500)
Unidades Impositivas Tributarias (UIT):
a) Hasta seis (6) meses en caso de fraccionamiento.
b) Hasta dos (2) meses en caso de aplazamiento.
c) Hasta un (1) mes de aplazamiento y cinco (5)
meses de fraccionamiento, cuando ambos se otorguen en forma conjunta."
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
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