11/12/2013

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 044-2013-OEFA/CD Aprueban la creación de la Oficina

Aprueban la creación de la Oficina Desconcentrada del OEFA en el departamento de Apurímac RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 044-2013-OEFA/CD Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTOS: el Memorándum N° 2729-2013-OEFA/ CGOD del 18 de octubre de 2013 de la Coordinación General de Oficinas Desconcentradas; el Informe N° 460-2013-OEFA/DE del 25 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Evaluación; el Memorándum N° 3338-2013/OEFA-DS del 22 de octubre de 2013 de la Dirección de Supervisión; el Memorándum N° 1904-2013-OEFA/DFSAI del
Aprueban la creación de la Oficina Desconcentrada del OEFA en el departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 044-2013-OEFA/CD
Lima, 8 de noviembre de 2013
VISTOS: el Memorándum N° 2729-2013-OEFA/ CGOD del 18 de octubre de 2013 de la Coordinación General de Oficinas Desconcentradas; el Informe N° 460-2013-OEFA/DE del 25 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Evaluación; el Memorándum N° 3338-2013/OEFA-DS del 22 de octubre de 2013 de la Dirección de Supervisión; el Memorándum N° 1904-2013-OEFA/DFSAI del 25 de octubre de 2013 emitido por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos; y, el Informe N° 108-2013-OEFA/OPP
del 30 de octubre de 2013 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013
- Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de las funciones de fiscalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental;

Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental —a cargo de las diversas entidades del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el Artículo 9° de la Ley N° 29325 faculta al OEFA
para establecer Oficinas Desconcentradas en cualquier lugar del territorio nacional;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal f) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009- MINAM, es función del Consejo Directivo aprobar el establecimiento de las Oficinas Desconcentradas de la Entidad;

Que, resulta necesario fortalecer la fiscalización ambiental y garantizar la resolución expeditiva de los problemas ambientales que ponen en riesgo los recursos naturales, la protección de la salud y la vida humana en el departamento de Apurímac;

Que, a través de los documentos consignados en los Vistos, la Dirección de Evaluación, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, señalan que es técnicamente viable la creación de la Oficina Desconcentrada de Apurímac;

Que, asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA señala que existe disponibilidad presupuestal para la creación de la referida Oficina Desconcentrada;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 053-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 028-2013 del 8 de noviembre de 2013, el Consejo Directivo del OEFA aprobó la creación de la Oficina Desconcentrada de Apurímac, en consideración al sustento técnico expresado y a la necesidad de fortalecer la fiscalización ambiental en dicha zona; por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales f) y n) del Artículo 8° y el Literal n)
del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo
N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Creación de Oficina Desconcentrada Aprobar la creación de la Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA en el departamento de Apurímac.

Artículo 2°.- Implementación Encargar a la Secretaría General del OEFA que disponga las acciones que resulten necesarias para la implementación de la Oficina Desconcentrada a que hace referencia el Artículo 1° de la presente Resolución, en un plazo de noventa (90) días hábiles contado a partir de su publicación.

Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo

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