11/08/2013

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 052-2013-PCM/SD Inscriben a la "Mancomunidad

Inscriben a la "Mancomunidad Municipal Lima Sur" en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 052-2013-PCM/SD Lima, 23 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 001-2013-MMLS/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 169/MVMT de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; la Ordenanza Municipal N° 256-2013-MDSJM-A de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafiores; la Ordenanza Municipal N° 282-MVES de la Municipalidad Distrital
Inscriben a la "Mancomunidad Municipal Lima Sur" en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 052-2013-PCM/SD
Lima, 23 de octubre de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 001-2013-MMLS/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 169/MVMT
de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo;
la Ordenanza Municipal N° 256-2013-MDSJM-A de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafiores; la Ordenanza Municipal N° 282-MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; el Acta de Constitución y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur"; y el Informe N° 059-2013–PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Oficio de Vistos, la Señora Alcaldesa y Presidenta de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur" solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de San Juan de Mirafiores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo de la Provincia y Departamento de Lima;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfico; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y horizonte de planeamiento;

Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación;

Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Promover el desarrollo económico local, b) Diseño y ejecución de proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano, c) Fomentar la prestación eficiente del servicio de seguridad ciudadana y d) Formulación e implementación de proyectos de gestión ambiental;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la mancomunidad municipal, b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana y rural que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la mancomunidad municipal, c) Participar en los procesos del presupuesto participativo y en otros espacios de concertación y participación ciudadana en los diferentes niveles de gobierno, d) Planificar, ejecutar y monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la seguridad ciudadana, infraestructura vial y ordenamiento urbano, gestión ambiental, desarrollo económico local y otros campos que determine el consejo directivo, e)
Concertar con instituciones del sector público y privado, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico y f) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano, con enfoque de gestión territorial, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal;

Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur", contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur", la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de San Juan de Mirafiores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo, aprueban la constitución de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur";
ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe N° 059-2013–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11° del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal Lima Sur";
integrada por las Municipalidades Distritales de San Juan de Mirafiores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo de la Provincia y Departamento de Lima; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2°.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur", como sigue:
- Presidenta: Silvia Barrera Vásquez, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo.
- Director: Adolfo Ocampo Vargas, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafiores.
- Director: Guido Iñigo Peralta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la "Mancomunidad Municipal Lima Sur", en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.