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Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad. Armas Municiones y Explosivos de Uso Civil
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 057-2013-SUCAMEC Aprueban desagregación de recursos cuya
11/08/2013
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 057-2013-SUCAMEC Aprueban desagregación de recursos cuya
Aprueban desagregación de recursos cuya transferencia fue autorizada mediante D.S. N° 276-2013-EF RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 057-2013-SUCAMEC Lima, 6 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe N° 0045-2013-SUCAMEC-OGPP, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 104-2013-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo N° 1127, se creó la Superintendencia
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 057-2013-SUCAMEC
Lima, 6 de noviembre de 2013
VISTO: El Informe N° 0045-2013-SUCAMEC-OGPP, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 104-2013-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y por las siguientes consideraciones:
1. Mediante Decreto Legislativo N° 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Sector Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones.
2. Según la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1127, se autoriza al Ministerio del Interior a transferir los recursos presupuestales de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; acto que correspondía ser formalizado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este último.
3. A través del Decreto Supremo N° 276-2013-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 06 de noviembre de 2016, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013
hasta por el monto de CUA TRO MILLONES TRESCIENTOS
SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 378 897,00)
en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC.
4. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1
del artículo 2 del Decreto Supremo N° 276-2013-EF, los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la aludida Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de dicho dispositivo legal, debiendo remitir copia de la Resolución mencionada, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
5. Asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 276 -2013-EF , establece que la desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica;
y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el punto precedente.
6. De acuerdo con la normativa antes citada, es necesario aprobar la desagregación, a nivel programático de los recursos cuya transferencia fue autorizada mediante Decreto Supremo N° 276 -2013-EF.
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General.
De conformidad con lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 2841 1, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1127
y el Decreto Supremo N° 004–2013-IN, Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC;
SE RESUELVE:
1. Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 276-2013-EF, por un monto de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA
Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 378 897,00) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle;
EGRESOS En nuevos soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 072 : Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC
UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC
CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000989 : Normas y Control de Armas, Municiones y Explosivos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios S/. 1 756 273,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 2 622 624,00
-----------------------TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 4 378 897,00
-----------------------TOTAL EGRESOS S/. 4 378 897,00
2. Desagregación de Ingresos La desagregación de los ingresos de la Transferencia de Partidas, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica, se detalla en el Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente Resolución.
3. Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
4. Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 072. Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC instruye a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, para la elaboración de las "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
5. Remisión Copia de la presente Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
6. Publicación Publicar la presente Resolución en el portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal web de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (www.sucamec.gob.pe); asimismo se dispone la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DERIK ROBERTO LATORRE BOZA
Superintendente Nacional
ANEXO
Por Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados
T. TRANSACCIÓN
GENÈRICA
SUBGENÈRICA
ESPECIFÍCA
ESPECÍFICA DE
INGRESO
IMPORTE S/.
1.3. 2.10.11 FORMULARIOS 2 930 906,00
1.3.2.1.1.3 LICENCIAS 715 000,00
1.5.216.99 OTRAS MULTAS 398 900,00
1.3.21.4.99
OTROS DERECHOS
ADMINISTRATIVOS
GENERALES
334 091,00
TOTAL 4 378 897,00
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