11/06/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 295-2013-MINCETUR Declaran como Producto Bandera al Cacao

Declaran como Producto Bandera al Cacao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 295-2013-MINCETUR Lima, 31 de octubre de 2013 Visto el Oficio N° 003-2013-PROMPERU/COPROBA que remite el Informe Técnico de Evaluación de la Secretaría de la Comisión Nacional de Productos Bandera – COPROBA. CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2004-MINCETUR se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la identidad
Declaran como Producto Bandera al Cacao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 295-2013-MINCETUR
Lima, 31 de octubre de 2013
Visto el Oficio N° 003-2013-PROMPERU/COPROBA
que remite el Informe Técnico de Evaluación de la Secretaría de la Comisión Nacional de Productos Bandera – COPROBA.

CONSIDERANDO
Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2004-MINCETUR se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país;

Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR se aprobó la Estrategia Nacional de Identificación de los Productos Bandera elaborada por la COPROBA, y se reconocieron de manera inicial, siete productos bandera: Cerámica de Chulucanas, Gastronomía Peruana, Pisco, Maca, Algodón Peruano, Lúcuma y Camélidos Peruanos;

Que asimismo, el artículo 2° del referido Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR, establece que la COPROBA podrá solicitar la declaración de nuevos productos bandera, la cual se realizará mediante Resolución del Ministro de Comercio Exterior y Turismo;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2010-MINCETUR, se aprobó la Estrategia Nacional de Promoción y Protección de los Productos Bandera;

Que, por Resoluciones Ministeriales Nos. 105-2008, 194-2011, 381-2012 y 144-2013-MINCETUR/DM, se reconocieron al Café, al Espárrago, a la Platería Peruana, al Caballo Peruano de Paso y a la Quinua como Productos Bandera;

Que, la COPROBA en Sesión Ordinaria de 19 de agosto de 2013, aprobó por unanimidad que el Cacao sea reconocido como Producto Bandera, teniendo en cuenta su origen, características diferenciales, ventajas comparativas y la imagen del Perú como país generador de productos de calidad con valor agregado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Identificación de los Productos Bandera, elaborados por la Comisión Nacional de Productos Bandera, el Decreto Supremo N° 017-2010-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Promoción y Protección de los Productos Bandera, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR;

De acuerdo con el Documento del Visto;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declaración del Cacao como Producto Bandera Declarar como Producto Bandera al Cacao.

Artículo 2°.- De la divulgación, promoción, protección y conservación de dicho Producto Bandera La Comisión Nacional de Productos Bandera –
COPROBA, se encargará de divulgar, promover, proteger y conservar el Producto Bandera declarado en el artículo precedente, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR y el Decreto Supremo
N° 017-2010-MINCETUR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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