11/09/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2013-EF/52 Autorizan segundo tramo de la emisión de bonos soberanos

Autorizan segundo tramo de la emisión de bonos soberanos en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2013-EF/52 Lima, 8 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta el contexto actual de menor crecimiento de la economía mundial, y su impacto en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fin de asegurar la continuidad
Autorizan segundo tramo de la emisión de bonos soberanos en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 319-2013-EF/52
Lima, 8 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta el contexto actual de menor crecimiento de la economía mundial, y su impacto en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fin de asegurar la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales financiados con los ingresos provenientes de los conceptos canon y otros, a nivel regional y local, mediante el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 224-2013-EF, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por la suma de S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada, en uno o varios tramos, durante los años 2013
y 2014, y que se destinará a financiar proyectos de inversión pública, que se encuentran en la etapa de ejecución, a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, el numeral 4.2 del acotado Artículo 4 dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se autoriza cada tramo de bonos soberanos, que podrán ser colocados en una o varias fechas;

Que, asimismo, el numeral 4.3 del mencionado Artículo 4 establece que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas se aprobará el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre la Dirección General de Endeudamiento y T esoro Público y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, a efectos de transferir los fondos provenientes de la colocación de bonos soberanos antes mencionados, para financiar los proyectos de inversión pública en etapa de ejecución, a cargo de dichos Gobiernos, y establecer los términos y condiciones relativos a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 064-2013-EF/52.01, se aprobó la "Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF";

Que, en el marco de las normas antes señaladas, la Municipalidad Provincial de Huaraz, la Municipalidad Distrital de Huaura, la Municipalidad Provincial de Oyón y la Municipalidad Provincial de Purus, han presentado a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, los documentos requeridos para acceder al financiamiento proveniente de la emisión de bonos soberanos aprobada por el Artículo 4 de Decreto Supremo N° 224-2013-EF, hasta por el importe de S/. 4 351 702,87 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN
MIL SETECIENTOS DOS Y 87/100 NUEVOS SOLES), destinado a financiar los proyectos de inversión pública a su cargo, que están en etapa de ejecución;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el segundo tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, destinado a financiar los proyectos de inversión pública en ejecución a cargo de los Gobiernos mencionados en el considerando precedente y que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial; así como aprobar los respectivos Convenios Traspaso de Recursos;

De conformidad con lo dispuesto en Decreto Supremo N° 224-2013-EF y la Resolución Directoral N° 064-2013-EF/52.01, que aprueba la "Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorícese el segundo tramo de hasta S/. 4 351
702,87 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y
UN MIL SETECIENTOS DOS Y 87/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF , que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaraz, la Municipalidad Distrital de Huaura, la Municipalidad Provincial de Oyón y la Municipalidad Provincial de Purus, que se detallan en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial, el cual es publicado, en la fecha de publicación de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe/ DGETP/financiamiento_GR_GL.php Artículo 2.- Para los fines de la colocación del segundo tramo que se autoriza en Artículo precedente, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos y el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobados por el Decreto Supremo N° 096-2013-EF y los bonos soberanos contarán con las siguientes características:

Monto : S/. 4 351 702,87
Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Estructurador : Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Moneda : Nuevos Soles Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocación : A través de subastas, en el marco del Programa de Creadores de Mercado o mecanismo que lo sustituya.

Plazo de colocación : En varias fechas hasta el 31 de diciembre de 2014.

Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima Servicio de deuda : El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Artículo 3.- Apruébense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Municipalidad Provincial de Huaraz, la Municipalidad Distrital de Huaura, la Municipalidad Provincial de Oyón y la Municipalidad Provincial de Purus, mediante los cuales se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la colocación de bonos soberanos cuya emisión fue autorizada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, para financiar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de dichos Gobiernos; así como lo referido a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso.

El mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaraz, la Municipalidad Distrital de Huaura, la Municipalidad Provincial de Oyón y la Municipalidad Provincial de Purus, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, será mediante asignaciones financieras a que se refiere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2012-EF, modificado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013.

Artículo 4.- Autorícese al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en esta Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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