11/14/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 722-2013/MINSA Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de

Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, en el Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 722-2013/MINSA Lima, 11 de noviembre del 2013 Visto, el expediente N° 13-045842-001, que contiene el Informe N° 222-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el órgano del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud
Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, en el Pliego 011: Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 722-2013/MINSA
Lima, 11 de noviembre del 2013
Visto, el expediente N° 13-045842-001, que contiene el Informe N° 222-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el órgano del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona;

Que, el artículo 4° de la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención de la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, el artículo 58° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF , dispone que las unidades ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público, sujetándose a criterios de especialización funcional, cuando la entidad cuenta con una función relevante, cuya administración requiere independencia a fin de garantizar su operatividad, así como de cobertura del servicio, cuando se constituye por la magnitud de la cobertura del servicio público que presta la entidad;

Que, mediante el documento de visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha solicitado la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, manifestando que ésta tiene como finalidad mejorar la calidad de la atención y el acceso a los servicios de salud; fortalecer la participación organizada de la población para el control y prevención de las enfermedades, a fin de lograr respuestas sociales organizadas frente a epidemias focalizadas; así como fortalecer los establecimientos de salud del primer nivel de atención, con énfasis en los maternos infantiles, lo cual generará la mejora de la oferta de servicios y accesibilidad a la población; siendo que las acciones de implementación durante el Año Fiscal 2013 serán financiadas con cargo al presupuesto institucional del Hospital Carlos Lafranco La Hoz;

Que, mediante Oficio N° 1678-2013-EF/10.01, el Ministerio de Economía y Finanzas, remitió al Ministerio de Salud el Informe N° 477-2013-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, en el cual se señala que resulta viable la creación de la Unidad Ejecutora "Red de Salud Lima Norte IV", al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria, conforme lo establecido en el articulo 58°
del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Estando a lo informado y solicitado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; a través de la Oficina de Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente formalizando la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV;

Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud (e), y;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el literal I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, en el Pliego 011: Ministerio de Salud.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días siguientes a su emisión.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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