11/14/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 726-2013/MINSA Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de

Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 726-2013/MINSA Lima, 13 de noviembre del 2013 Visto el Expediente N° 13-094884-001, que contiene el Informe N° 044-2013-OGEI-ODT/MINSA, de la Oficina General de Estadística e Informática; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que la
Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 726-2013/MINSA
Lima, 13 de noviembre del 2013
Visto el Expediente N° 13-094884-001, que contiene el Informe N° 044-2013-OGEI-ODT/MINSA, de la Oficina General de Estadística e Informática;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, mediante Ley N° 30024, se crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, como la infraestructura tecnológica especializada en salud que permite al paciente o a su representante legal y a los profesionales de la salud que son previamente autorizados por aquellos, el acceso a la información clínica contenida en las historias clínicas electrónicas dentro de los términos estrictamente necesarios para garantizar la calidad de la atención en los establecimientos de salud y en los servicios médicos de apoyo públicos, privados o mixtos, en el ámbito de la Ley N° 26842, Ley General de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2013/MINSA, se conformó la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de formular el Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, otorgándose un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario para la elaboración del Proyecto de Reglamento; plazo que fuera ampliado mediante Resolución Ministerial N° 508-2013/ MINSA, hasta por cuarenta y cinco (45) días adicionales;

Que, en virtud de ello, la citada Comisión Sectorial ha elaborado el Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas;

Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica de Poder Ejecutivo, establece que los proyectos de Reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley;

Que, mediante documento del visto la Oficina General de Estadística e Informática ha reformulado el referido proyecto para su prepublicación por lo que dada las características e importancia del Proyecto de Reglamento, resulta necesario disponer la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las sugerencias, aportes y comentarios de las instituciones públicas o privadas y ciudadanía en general;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Estadística e Informática, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad, con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectúe la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30024, Ley que Crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica de normas legales http://www.minsa.
gob.pe/transparencia/dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.gob.pe/portada/ docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y aportes de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30)
días calendario, a través del correo webmaster@minsa.
gob.pe.

Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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