11/13/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 986-2013 DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil, Chile, Colombia, EE.UU. y México RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 986-2013 DE/SG Lima, 11 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) N° 859 del 24 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, República de Chile, República de Colombia, de los Estados Unidos de América y de los Estados
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil, Chile, Colombia, EE.UU. y México
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 986-2013 DE/SG
Lima, 11 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) N° 859 del 24 de octubre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, República de Chile, República de Colombia, de los Estados Unidos de América y de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra;

Que, con Oficio N° 409-2013-FMP/P del 30 de octubre de 2013, el Presidente del Fuero Militar Policial, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil, República de Chile, República de Colombia, de los Estados Unidos de América y de los Estados Unidos Mexicanos;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 2 al 4 de diciembre de 2013, a fin de participar en el Foro Interamericano de Justicia Militar;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Fuero Militar Policial; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley
N° 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar detallado a continuación, del 2 al 4 de diciembre de 2013, a fin que participen en el Foro Internacional de Justicia Militar.

República Federativa del Brasil 1. General del Ejército Raymundo Nonato DE CERQUEIRA Filho 2. Coronel Orlando Eduardo GERALDI
3. Coronel Osmar DUARTE Marcelino República de Chile 1. General de Brigada Waldo MARTÍNEZ Cáceres República de Colombia 1. Coronel Fabio Enrique ARAQUE Vargas Estados Unidos de América 1. Brigadier General Flora D. DARPINO
Estados Unidos Mexicanos 1. General de Brigada Jesús LÓPEZ Benites Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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