11/07/2013

RESOLUCIÓN N° 1642-2013-ANR Declaran que la Universidad Privada del Norte ha cumplido lo dispuesto

Declaran que la Universidad Privada del Norte ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1642-2013-ANR Lima, 28 de octubre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N°s. 15, 29, 41, 56, 57 y 62-2013-UPN-SAC, de fechas 12 de marzo, 15 de mayo, 10 de julio, 27 de setiembre, y 09 y 17 de octubre de 2013; informes N° 196 y 201-2013-DGDAC, de
Declaran que la Universidad Privada del Norte ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1642-2013-ANR
Lima, 28 de octubre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Los oficios N°s. 15, 29, 41, 56, 57 y 62-2013-UPN-SAC, de fechas 12 de marzo, 15 de mayo, 10 de julio, 27 de setiembre, y 09 y 17 de octubre de 2013; informes N° 196 y 201-2013-DGDAC, de fechas 11 y 18 de octubre de 2013; memorando N° 1153-2013-SE, de fecha 22 de octubre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733
se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, el mismo que en sus incisos e) y f) disponen coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos, asimismo, es atribución de esta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios;

Que, por Ley N° 26275, de fecha 05 de noviembre de 1993, se crea la Universidad Privada del Norte, como persona jurídica de derecho privado con sede en la ciudad de Trujillo capital del departamento de La Libertad, ofreciendo inicialmente las siguientes facultades y carreras universitarias: a) Facultad de Ciencias de la Computación e Informática, con las carreras profesionales de: Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Electrónica; b) Facultad de Ciencias e Ingeniería, con las carreras profesionales de:

Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica, e Ingeniería Industrial;
c) Facultad de Ciencias Administrativas y Contables, con las carreras profesionales de: Administración, y Contabilidad; d) Facultad de Ciencias de la Comunicación, con las carreras profesionales de: Periodismo, Relaciones Públicas, y Publicidad; y e) Facultad de Arquitectura, con la carrera profesional de: Arquitectura;

Que, la Asamblea Nacional de Rectores emitió la Resolución N° 656-2000-ANR, de fecha 22 de noviembre del 2000, que declaró finalizada la evaluación de la Universidad Privada del Norte y que dicha Institución se encuentra en condiciones de constituir sus autoridades de gobierno de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7
mo , del Decreto Supremo N° 001-98-ED, la Tercer Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882 y la Ley Universitaria N° 23733;

Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU mediante Resolución N° 220-2005-CONAFU, de fecha 07 de diciembre de 2005, autorizó a la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, el funcionamiento de la Filial Universitaria en la ciudad de Lima con las siguientes carreras profesionales: Administración, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Arquitectura, y Ciencias de la Comunicación; y a través de la Resolución N° 209-2006-CONAFU, de fecha 13 de julio de 2006, ratifica la autorización de funcionamiento de la Filial Cajamarca, otorgada a la citada casa superior de estudios, por Resolución N° 313-2004-ANR, de 21 de mayo de 2004, con las siguientes carreras profesionales: 1) Administración, 2) Ingeniería de Sistemas, 3) Ingeniería Industrial, 4) Ciencias de la Comunicación, y 5)
Derecho, dentro del marco que establece la Ley N° 23733, la Ley N° 28564 y la Ley N° 28740;

Que, mediante Resolución N° 1653-2001-ANR, de fecha 07 de diciembre de 2001, la Asamblea Nacional de Rectores emite el pronunciamiento favorable para el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo;

Que, mediante los oficios de vistos, el Rector de la Universidad Privada del Norte solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de pregrado y posgrado que se han creado en su representada, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca; adjuntando para tal efecto sendas resoluciones, así como los planes curriculares correspondientes:

I. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO
1. Carrera Profesional de Enfermería, de la Facultad de Ciencias de la Salud, con funcionamiento en la sede central de la ciudad de Trujillo y las filiales de Lima y Cajamarca, aprobada por Resoluciones Rectorales Nos.

13 y 29-2013-UPN-SAC, de fecha 11 y 04 de junio de marzo de 2013.

2. Carrera Profesional de Obstetricia, de la Facultad de Ciencias de la Salud, con funcionamiento en su sede principal de Trujillo y sus filiales de Lima y Cajamarca, creadas por Resoluciones Rectorales Nos. 13 y 29-2013-UPN-SAC, de fechas 11 de marzo y 04 de julio de 2013.

3. Carrera Profesional de Ingeniería Ambiental, de la Facultad de Ingeniería, en la sede de Trujillo y la filial de Lima, considerada en la Resolución N° 02-2012-UPN, de fecha 07 de febrero de 2012.

4. Carrera Profesional de Economía, de la Facultad de Negocios, aprobada por Resolución N° 30-2013-UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013. Con sede en la ciudad de Trujillo y las filiales de Lima y Cajamarca.

5. Carrera Profesional de Ingeniería Geológica de la Facultad de Ingeniería, para la sede de Trujillo y las filiales de Lima y Cajamarca, aprobada por Resolución N° 30-2013-UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013.

6. Carrera Profesional de Comunicación y Periodismo, de la Facultad de Comunicaciones, con sede en Trujillo y las filiales de Lima y Cajamarca, aprobada por Resolución Rectoral N° 30-2013 UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013.

7. Carrera Profesional de Comunicación y Publicidad, de la Facultad de Comunicaciones, con sede en Trujillo, y las filiales de Cajamarca y Lima, aprobada por Resolución Rectoral N° 30-2013 UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013.

8. Carrera Profesional de Comunicación Audiovisual en Medios Digitales, de la Facultad de Comunicaciones, con sedes en Trujillo, y las filiales de Lima y Cajamarca, aprobada por Resolución Rectoral N° 30-2013 UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013
9. Carrera Profesional de Comunicación Corporativa, de la Facultad de Comunicaciones, sede en Trujillo y las filiales de Lima y Cajamarca, aprobada por Resolución Rectoral N° 30-2013 UPN-SAC, de fecha 10 de julio de 2013.

10. Carrera Profesional de Arquitectura y Diseño de Interiores, de la Facultad de Arquitectura y Diseño, con sede en la filial de Cajamarca.

II. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO, creadas por Resolución Rectoral N° 16-2013-UPN-SAC, de fecha 16 de abril de 2013, con funcionamiento en la ciudad de Trujillo :

1. Maestría en Gestión Ambiental y Resolución de Confiictos.

2. Maestría en Gestión de la Calidad y Gerencia de Proyectos.

3. Maestría en Innovación y Emprendimiento.

4. Maestría en Gerencia de Marketing y Gestión Comercial.

5. Maestría en Docencia Universitaria.

Que, a través de los informes de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, concluye que la documentación remitida por la citada universidad cumple con las exigencias establecidas en los artículos 23° , 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y posgrado citados en considerando precedente, además de que la universidad deberá tomar en cuenta las recomendaciones que se describen en el informe N° 201-2013-DGDAC, y a su vez es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone emitir una resolución por la cual se declare que la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y posgrado en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Privada del Norte, con sede central en la ciudad de Trujillo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado y posgrado en la sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca; quedando en consecuencia aprobados para su implementación:

I. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
1. Carrera Profesional de Enfermería, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca.

2. Carrera Profesional de Obstetricia, con funcionamiento en su sede central de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca.

II. FACULTAD DE INGENIERÍA
1. Carrera Profesional de Ingeniería Ambiental, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en su filial universitaria de la ciudad de Lima.

2. Carrera Profesional de Ingeniería Geológica, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca.

III. FACULTAD DE NEGOCIOS
1. Carrera Profesional de Economía, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca.

IV. FACULTAD DE COMUNICACIONES
1. Carrera Profesional de Comunicación y Periodismo, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de Lima y Cajamarca.

2. Carrera Profesional de Comunicación y Publicidad, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de Lima y Cajamarca.

3. Carrera Profesional de Comunicación Audiovisual en Medios Digitales, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de Lima y Cajamarca.

4. Carrera Profesional de Comunicación Corporativa, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de Lima y Cajamarca.

V. FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO
1. Carrera Profesional de Arquitectura y Diseño de Interiores, con funcionamiento en su filial universitaria de la ciudad de Cajamarca.

I. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO, con funcionamiento en su filial universitaria de la ciudad de Trujillo:

1. Maestría en Gestión Ambiental y Resolución de Confiictos.

2. Maestría en Gestión de la Calidad y Gerencia de Proyectos.

3. Maestría en Innovación y Emprendimiento.

4. Maestría en Gerencia de Marketing y Gestión Comercial.

5. Maestría en Docencia Universitaria.

Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el diario oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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