11/14/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-IN Relevan de funciones a oficial de la Policía Nacional del Perú

Relevan de funciones a oficial de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-IN Lima, 13 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 168° de la Constitución Política del Perú establece que las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, funciones, especialidades, preparación, empleos y normas de disciplina de la Policía Nacional del Perú; Que, habiendo tomado conocimiento que Oficiales de la Policía Nacional del Perú, asignaron de manera indebida seguridad domiciliaria
Relevan de funciones a oficial de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-IN
Lima, 13 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 168° de la Constitución Política del Perú establece que las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, funciones, especialidades, preparación, empleos y normas de disciplina de la Policía Nacional del Perú;

Que, habiendo tomado conocimiento que Oficiales de la Policía Nacional del Perú, asignaron de manera indebida seguridad domiciliaria a personas no contempladas por las normas legales vigentes, resulta necesario disponer de manera inmediata su relevo en las funciones que actualmente vienen desempeñando;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 167°
y 168° de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Legislativo N° 1149 – Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Relevar de manera inmediata al personal que a continuación se detalla:

N° GRADO APELLIDOS Y
NOMBRES
UNIDAD DE ORIGEN UNIDAD DE DESTINO IGV
1 GENERALMIRANDA SORIA,
ALDO GUILLERMO
DIRNOP – DIREJSEGCIU DIREJEPER – ADSCRITO S/C
Artículo 2.- Disponer que los antecedentes sean remitidos al Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior

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