11/07/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 156-2013-JUS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano

Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano colombiano y disponen su presentación a la República de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 156-2013-JUS Lima, 6 de noviembre de 2013 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 091-2013/ COE-TC, del 18 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ ÁVALOS BERRIO, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con
Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano colombiano y disponen su presentación a la República de Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 156-2013-JUS
Lima, 6 de noviembre de 2013
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 091-2013/ COE-TC, del 18 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ ÁVALOS BERRIO, formulada por la Sala Penal Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 05
de setiembre de 2012, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano NÉSTOR
JOSÉ ÁVALOS BERRIO, por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente N° 60-2012);

Que, el literal a) del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 091-2013/COE-TC, del 18 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el "Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911", suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004 y vigente desde el 16 de junio de 2010;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ
ÁVALOS BERRIO, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública -Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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