11/09/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 701-2013-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 701-2013-DE/MGP Lima, 8 de noviembre de 2013 Visto, el Oficio N.1000-2079 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 14 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitación para que UN (1) Oficial Superior con conocimientos en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Operacional, participe en la Segunda Jornada Internacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a realizarse

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 701-2013-DE/MGP
Lima, 8 de noviembre de 2013
Visto, el Oficio N.1000-2079 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 14 de octubre de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitación para que UN (1)
Oficial Superior con conocimientos en Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Operacional, participe en la Segunda Jornada Internacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 27 al 29 de noviembre de 2013;

Que, la designación de Personal Naval para participar en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar y perfeccionar al Oficial Cuerpo Jurídico participante, con conocimientos a nivel internacional de DDHH y DIH, con la finalidad de formar carácter y liderazgo en temas sobre la materia y adquirir competencias necesarias para desempeñarse como asesor militar, basando la práctica de los conocimientos adquiridos en principios y valores que fomenten el respeto a la vida y la dignidad de las personas;

Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15
de marzo de 2013 y su modificatoria, aprobada con Resolución Suprema N° 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, debido a que la invitación fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata CJ. Wagner SORIA Medina, para que participe en la Segunda Jornada Internacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 27 al 29 de noviembre de 2013; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los costos de alojamiento y alimentación, serán asumidos por la Armada Nacional de Colombia y los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno del titular, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, con el fin de prever la participación del citado Oficial Superior, durante la totalidad de las actividades programadas, ha sido necesario adquirir el pasaje aéreo de ida para el 26 de noviembre de 2013; razón por la cual es indispensable autorizar la salida del país con UN (1)
día de anticipación al evento, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619
- Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata CJ. Wagner SORIA Medina, CIP. 05911254, DNI. 06235316, para que participe en la Segunda Jornada Internacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 27 al 29 de noviembre de 2013; así como, autorizar su salida del país el 26 de noviembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno del titular, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima
US$. 1,300.00 US$. 1,300.00
--------------------TOTAL A PAGAR: US$. 1,300.00
Artículo 3°.- La Armada Nacional de Colombia, asumirá los costos de alojamiento y alimentación por el periodo que dure la Misión de Estudios del citado Oficial Superior.

Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 5°.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fecha de retorno al país, asimismo dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2012 y su modificatoria.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.