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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 564-2013-MTC/03 Declaran aprobada renovación de autorización a la
11/15/2013
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 564-2013-MTC/03 Declaran aprobada renovación de autorización a la
Declaran aprobada renovación de autorización a la Asociación Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF en la localidad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 564-2013-MTC/03 Lima, 6 de noviembre del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2011-020787 del 09 de mayo de 2011, mediante el cual la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, solicita la renovación de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en la localidad de Lima, departamento
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 564-2013-MTC/03
Lima, 6 de noviembre del 2013
VISTO, el escrito de registro N° 2011-020787 del 09 de mayo de 2011, mediante el cual la ASOCIACIÓN CULTURAL
BETHEL, solicita la renovación de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en la localidad de Lima, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Viceministerial N° 067-2004-MTC/03 del 13 de mayo de 2004, se aprobó la transferencia de la autorización otorgada a la empresa BETHEL TELECOMUNICACIONES S.A.C. por Resolución Ministerial N° 327-93-TCC/15.17 a favor de la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL. Asimismo, se otorgó la renovación de la citada autorización a favor de la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en UHF, en la modalidad educativa, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, cuya vigencia de autorización vencía el 22 de julio de 2013;
Que, con el escrito de Visto, la ASOCIACIÓN CULTURAL
BETHEL solicitó la renovación de su autorización renovada mediante Resolución Viceministerial N° 067-2004-MTC/03;
Que, el artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión -Ley N° 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;
Que, los artículos 67° y 68° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, disponen que la renovación es automática por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento de plazo de vigencia de la respectiva autorización;
Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y Televisión, concordante con el numeral 3) del artículo 71° de su Reglamento, establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modificada con Decreto Legislativo N° 1029, señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso;
Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovación de autorización presentada con Escrito de Registro N° 2011-020787, quedó aprobada al 03 de noviembre de 2011, en aplicación del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administración emita el pronunciamiento expreso correspondiente;
Que, la frecuencia autorizada a la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL para que opere su estación de radiodifusión por televisión en UHF, en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, se encuentra comprendida dentro del Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial N° 182-2004-MTC/03 y sus modificatorias, para la localidad de Lima, que abarca el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima;
Que, con Informe N° 1759-2013-MTC/08, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, al 03
de noviembre de 2011, quedó aprobada la solicitud de renovación de la autorización otorgada a la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL, verificando que la solicitante a la fecha de la configuración del silencio administrativo positivo, cumplió con la presentación de los requisitos y con las condiciones previstas para la renovación de autorización, y que la titular y sus asociados no se encuentran incursos en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio.
Asimismo, señala que debe incluirse en la respectiva resolución autoritativa un artículo en la que se establezca la adecuación de la autorización materia de renovación al Plan Maestro para la Implementación de la T elevisión Digital Terrestre en el Perú y las normas complementarias;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo Positivo – Ley N° 29060, la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar aprobada al 03 de noviembre de 2011, en virtud al Silencio Administrativo Positivo, la renovación de la autorización que fuera renovada mediante Resolución Viceministerial N° 067-2004-MTC/03 a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 22 de julio de 2023, para prestar el servicio de radiodifusión educativa por televisión en UHF, en la localidad de Lima, departamento de Lima.
Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 3°.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma.
Artículo 4°.- La titular de la autorización renovada deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.
Artículo 5°.- La renovación de autorización que se otorga en la presente Resolución se sujeta al cumplimiento de las disposiciones del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital en el Perú, normas complementarias y demás disposiciones que se emitan al respecto.
Artículo 6°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
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