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DECRETO SUPREMO N° 301-2013-EF Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector
12/07/2013
DECRETO SUPREMO N° 301-2013-EF Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional DECRETO SUPREMO N° 301-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29658 se creó la Universidad Nacional Autónoma de Huanta como persona jurídica de derecho público interno con domicilio en la ciudad de Huanta, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; y en cuya Tercera Disposición Complementaria Final se establece que el Ministerio
DECRETO SUPREMO N° 301-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29658 se creó la Universidad Nacional Autónoma de Huanta como persona jurídica de derecho público interno con domicilio en la ciudad de Huanta, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho;
y en cuya Tercera Disposición Complementaria Final se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación, destinará los recursos necesarios para el funcionamiento de la citada universidad;
Que, con Resolución N° 271-2013-CONAFU se aprobó el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta y a través de la Resolución N° 515-2013-CONAFU, se reconoció a los miembros de la Comisión Organizadora de la citada Universidad para llevar a cabo el proceso de implementación de la referida Casa de Estudios;
Que, el Ministerio de Educación, mediante Oficio N° 2574-2013-MINEDU/SG, en virtud al requerimiento de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, efectuado a través del Oficio N° 053-2013-UNAH-CO/PE, solicita recursos adicionales para el año fiscal 2013, entre otros, por la suma de
CIENTO CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 141 400,00), a fin de implementar y organizar el sistema administrativo de la citada Universidad;
Que, el Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, establece que esta entidad es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística e informática oficiales del país, estando dentro del ámbito de competencia del Sistema Nacional de Estadística los levantamientos censales, estadísticas continuas, las encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los indicadores e índices en general, las cuentas nacionales y regionales, entre otros, correspondiendo a dicho Sistema las tareas técnicas y científicas que se desarrollan con fines de cuantificar y proyectar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas oficiales del país;
Que, mediante Oficios N°s. 432 y 445-2013-INEI/ DNCE y N° 1942-2013-INEI/OTPP-OEPRE, el lNEI
solicita recursos adicionales para el año fiscal 2013
hasta por la suma de QUINIENTOS DIEZ MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 510 000,00) para el levantamiento de información del "Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales" ascendente a NOVENTA Y TRES
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 93 950,00) y la "Encuesta Nacional a Hogares Rurales" por la suma de CUATROCIENTOS DIECISEIS
MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 416
050,00);
Que, debido al entorno económico y monetario internacional durante el presente ejercicio presupuestal el tipo de cambio ha venido sufriendo fiuctuaciones, lo que ha infiuido en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, generando un gasto adicional, toda vez que un alto porcentaje del mismo se ejecuta en el exterior, específicamente en el pago de las planillas de remuneraciones del servicio exterior y en los gastos de sostenimiento de los diferentes órganos del servicio exterior (Embajadas, Consulados y Representaciones);
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe cumplir con pagos al Registro Nacional de Identificación Civil (RENIEC) y el Poder Judicial, por la emisión de DNI
y Certificados de Antecedentes Penales, servicios que se realizan a través de sus Oficinas Consulares en el Exterior;
Que, el Estado Peruano a través del Ministerio de Relaciones Exteriores requiere el cumplimiento de obligaciones ante diversos organismos Internacionales de los cuales el Perú es miembro, con el fin de fortalecer la política multilateral del país y garantizar el derecho a voto;
Que, es objetivo de la Política Exterior del gobierno fortalecer los órganos de servicio exterior, los cuales para un mejor cumplimiento de sus funciones requieren contar con una infraestructura adecuada, que permita optimizar la seguridad de los inmuebles, así como mantener y de ser posible elevar el nivel de representación de nuestro país en el exterior, con este propósito la Cancillería ha elaborado un diagnóstico integral, cuya priorización está determinada en función de la densidad de las relaciones político-diplomáticas y económicas con cada país, de la gravitación de la comunidad peruana, así como de las oportunidades que representa el mercado inmobiliario en cada una de las sedes en cuanto a criterios de calidad y precio;
Que, mediante los documentos OF. "RE" (OPP) N°-2-5-C/44 y OF. "RE" (GAC) N° 2-5-A/85, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita recursos adicionales para el año fiscal 2013, entre otros, por la suma de
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54 253 528,00), que serán destinados a cubrir el costo por diferencial cambiario la planilla de pagos del personal diplomático y administrativo que prestan servicios en el exterior, así como los gastos de sostenimiento de los diferentes órganos del servicio exterior (Embajadas, Consulados y Representaciones); cumplir con el pago al Poder Judicial y al RENIEC por la emisión de certificados de antecedentes penales y documentos nacionales de identidad (DNI); asumir obligaciones derivadas del pago de cuotas ante diversos organismos Internacionales de los cuales el Perú es miembro; y adquirir la embajada y la residencia del Perú en la ciudad de Madrid, España;
Que, mediante Oficio N° 1115-2013-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita, entre otros, recursos adicionales para el año fiscal 2013 hasta por la suma de DOCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 780 000,00) para atender gastos para el mantenimiento y recuperación de la capacidad operativa naval;
Que, mediante Oficio N° 1908-2013-P-CNM, el Consejo Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales para el año fiscal 2013, entre otros, por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA
Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 1 968 950,00) destinados a financiar los Estudios Definitivos – Expediente Técnico y Supervisión del Proyecto "Mejoramiento de los servicios de selección y nombramiento, evaluación y ratificación y procesos disciplinarios de jueces y fiscales del CNM
a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización", con código SNIP N° 232365, considerando lo dispuesto en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, los recursos materia de la solicitud formulada por la Universidad Nacional Autónoma de Huanta, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Defensa y el Consejo Nacional de la Magistratura no fueron previstos en los Presupuestos Institucionales de los citados pliegos para el presente año fiscal, aprobados por la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, por lo que es necesario atender su financiamiento hasta por la suma de SESENTA Y NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 69 653 878,00) para el desarrollo de las acciones descritas en los considerandos precedentes, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de SESENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y OCHO 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 69 653
878,00), a fin de atender las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: (En Nuevos Soles)
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 69 653 878,00
-------------------TOTAL EGRESOS 69 653 878,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 554 : U. N. Autónoma de Huanta UNIDAD EJECUTORA 001 : U. N. Autónoma de Huanta – UNAH
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 82 300,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 59 100,00
----------------SUBTOTAL 141 400,00
=========
PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5004883 : Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 93 950,00
ACTIVIDAD 5001976 : Encuesta Nacional de Hogares FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 416 050,00
----------------SUBTOTAL 510 000,00
=========
PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaría General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0062 : Optimización de la Política de Protección y Atención a las Comunidades Peruanas en el Exterior PRODUCTO 3000144 : Personas Reciben Servicios Consulares en el Exterior ACTIVIDAD 5001500 : Facilitación de Acceso a los Servicios Consulares FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 7 245 484,00
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 25 662 000,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS (En Nuevos Soles)
ACTIVIDAD 5003627 : Desarrollo de Acciones de Política Exterior en América FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 691 222,00
ACTIVIDAD 5003628 : Desarrollo de Acciones de Política Exterior en Asia y Oceanía FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 793 689,00
2.3 Bienes y Servicios 628 705,00
ACTIVIDAD 5003629 : Desarrollo de Acciones de Política Exterior en Europa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 957 692,00
2.3 Bienes y Servicios 1 381 788,00
ACTIVIDAD 5003690 : Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 546 032,00
2.3 Bienes y Servicios 346 916,00
2.4 Donaciones y Transferencias 15 000 000,00
-------------------SUBTOTAL 54 253 528,00
===========
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002089 : Mantenimiento de la Capacidad Operativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 12 780 000,00
-------------------SUBTOTAL 12 780 000,00
=========== (En Nuevos Soles)
PLIEGO 021 : Consejo Nacional de la Magistratura UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección de Administración
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2 171549 : Mejoramiento de los servicios de selección y nombramiento, evaluación y ratificación y procesos disciplinarios de jueces y fiscales del CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 968 950,00
-------------------SUBTOTAL 1 968 950,00
===========
TOTAL EGRESOS 69 653 878,00
===========
Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Del refrendo El presente dispositivo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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