12/03/2013

LEY N° 30118 DE RESTITUCIÓN DEL NOMBRE ORIGINAL DE LA PROVINCIA DE NASCA

LEY N° 30118 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA RESTITUCIÓN DEL NOMBRE ORIGINAL DE LA PROVINCIA DE NASCA, CONTENIDO EN EL DECRETO DEL 25 DE JUNIO DE 1855 Artículo 1. Objeto de la Ley Declárase de necesidad pública e interés nacional la restitución histórica del nombre original de la provincia de Nasca, contenido en el Decreto del 25 de junio de 1855 y modificado por la

LEY N° 30118
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA RESTITUCIÓN DEL NOMBRE ORIGINAL DE LA PROVINCIA DE NASCA, CONTENIDO EN EL DECRETO DEL 25 DE JUNIO DE 1855

Artículo 1. Objeto de la Ley Declárase de necesidad pública e interés nacional la restitución histórica del nombre original de la provincia de Nasca, contenido en el Decreto del 25 de junio de 1855 y modificado por la Ley 9300, Ley de Creación de la Provincia de Nasca, precisando que la denominación correcta de la precitada provincia del departamento de Ica es Nasca con "s" y no Nazca con "z".

Artículo 2. Implementación de la ley Encárgase al Poder Ejecutivo, a los gobiernos regionales y gobiernos locales que promuevan la restitución del nombre original de la provincia de Nasca, disponiendo, de ser el caso, su rectificación en los documentos públicos y oficiales del Estado peruano, así como en los textos escolares y universitarios.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce días del mes de noviembre de dos mil trece.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.