12/04/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 257-2013-CE-PJ Aprueban Directivas "Procedimiento de Devolución y

Aprueban Directivas "Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial" y "Procedimiento en caso de detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Tramitación Falsificados" RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 257-2013-CE-PJ Lima, 6 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 1793-2013-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual remite propuesta para instituir los siguientes documentos: a) "Procedimiento de Devolución y Habilitación
Aprueban Directivas "Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial" y "Procedimiento en caso de detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Tramitación Falsificados"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 257-2013-CE-PJ
Lima, 6 de noviembre de 2013
VISTO:

El Oficio N° 1793-2013-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual remite propuesta para instituir los siguientes documentos: a)
"Procedimiento de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial", y b) "Procedimiento en caso de detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Tramitación Falsificados".

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 329-SE-TP-CME-PJ, de fecha 4 de octubre de 2000, se aprobó la Directiva N° 011-2000-SE TP-CME-PJ
denominada Procedimientos en caso de Detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Pago Administrativos Falsificados, a fin de regular y uniformizar el procedimiento a seguir, por parte de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, en casos de detectarse comprobantes de pago falsificados.

Segundo. Que asimismo, por Resolución Administrativa N° 159-2005-CE-PJ, del 20 de julio de 2005, se aprobó el Reglamento de Aranceles Judiciales, a fin de racionalizar el uso de los aranceles judiciales por parte de los justiciables y su aplicación por los órganos de impartición de justicia.

Tercero. Que también por Resolución Administrativa N° 290-2008-CE-PJ, del 11 de noviembre de 2008, se aprobó la Directiva N° 014-2008-CE-PJ, sobre Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial, para brindar atención oportuna a las solicitudes de devolución y habilitación presentadas por usuarios del Poder Judicial.

Cuarto. Que, en aras de coadyuvar con el desarrollo de una gestión moderna, eficiente y eficaz, la Gerencia General del Poder Judicial ha venido implementando un sistema de gestión de calidad. Para tal efecto, y en ese orden de ideas, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación ha cumplido con presentar los respectivos proyectos del procedimiento que norma la Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial; así como el procedimiento en Caso de Detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Tramitación Falsificados. De igual modo, se precisa que las propuestas formuladas reemplazarán a las Directivas aprobadas mediante Resolución Administrativa N° 329-SE-TP-CME-PJ y Resolución Administrativa N° 290-2008-CE-PJ; siendo igualmente necesario proceder a la correspondiente modificación del Reglamento de Aranceles Judiciales.

Quinto. Que, en ese sentido, del análisis de los antecedentes y contenidos relacionados con los procedimientos materia de propuesta se verifica que éstos cuentan con el sustento técnico y estratégico desarrollados de manera idónea, lo que coadyuvará a la mejora del servicio de justicia, motivo por el cual su respectiva aprobación deviene en procedente.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 780-2013 de la cuadragésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar las siguientes directivas:
a) Directiva N° 010-2013-CE-PJ denominada "Procedimientos de Devolución y Habilitación de Aranceles Judiciales y Derechos de Tramitación del Poder Judicial", y, b) Directiva N° 011-2013-CE-PJ denominada "Procedimiento en caso de detectarse Aranceles Judiciales o Derechos de Tramitación Falsificados".

Las citadas directivas se encuentran desarrolladas en documentos anexos y forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 329-SE-TP-CME-PJ, del 4 de octubre de 2000, y la Resolución Administrativa N° 290-2008-CE-PJ, del 11 de noviembre de 2008.

Asimismo, el Reglamento de Aranceles Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa N° 159-2005-CE-PJ, del 20 de julio de 2005, queda modificado conforme a los términos establecidos por las directivas precedentemente aprobadas.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente Nota.: La Directiva N° 010-2013-CE-PJ y Directiva N° 011-2013-CE-PJ, están publicadas en el Portal Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, página principal, ícono de Directivas y Reglamentos).

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