12/05/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de

Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de Mala y reubican el Segundo Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, como Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, Distrito Judicial de Cañete RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ Lima, 6 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre de 2013, se dispuso, entre otras medidas, prorrogar el funcionamiento del Juzgado Mixto Transitorio de Chilca, Distrito Judicial de Cañete,
Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de Mala y reubican el Segundo Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, como Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, Distrito Judicial de Cañete
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ
Lima, 6 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Primero. Que por Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre de 2013, se dispuso, entre otras medidas, prorrogar el funcionamiento del Juzgado Mixto Transitorio de Chilca, Distrito Judicial de Cañete, hasta el 31 de octubre del presente año; y a partir del 1 de los corrientes se convirtió y reubicó en Juzgado de Familia Transitorio de Ayacucho, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. Asimismo, a partir del 1 de noviembre del presente año se amplió la competencia territorial del Juzgado Mixto Permanente de Mala a los Distritos de Chilca y Mala, estableciéndose su sede en el Distrito de Chilca.

Segundo. Que advirtiéndose que el Juzgado Mixto Permanente de Mala atiende a pobladores de una amplia extensión geográfica, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias para su permanencia en la ciudad de Mala, a efectos de evitar indefensión y brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz.

Tercero. Que, de otro lado, mediante Oficio N° 185-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal remite el Informe N° 074-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el cual concluye que los dos juzgados Mixtos Permanentes de San Vicente, Distrito Judicial de Cañete, presentan bajo nivel de ingreso y resolución de expedientes, recomendando se reubique el Segundo Juzgado Mixto Permanente, en Juzgado Mixto de Permanente de Chilca, el cual tendrá funciones adicionales de Juzgado Penal Unipersonal. Por lo que, evaluada la propuesta presentada, es pertinente adoptar las acciones administrativas necesarias, teniendo en cuenta además que el Distrito de Chilca presenta crecimiento demográfico exponencial, resultando importante asignar un órgano jurisdiccional que de manera oportuna atienda la demanda del servicio de administración de justicia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 790-2013 de la cuadragésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, y de conformidad con el artículo 82°, incisos 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la permanencia en la ciudad de Mala del Juzgado Mixto Permanente de Mala, Distrito Judicial de Cañete, conservando su competencia territorial. La Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre del presente año, queda modificada en este extremo.

Artículo Segundo.- Reubicar, a partir del 1 de diciembre del año en curso, el Segundo Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, Corte Superior de Justicia de Cañete, como Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, del mismo Distrito Judicial.

El Primer Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, Corte Superior de Justicia de Cañete, se denominará, a partir de la referida fecha, Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, del mismo Distrito Judicial, y asumirá la carga procesal del juzgado mixto materia de reubicación.

Disponer que el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, en adición de funciones actuará como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial únicamente en el referido distrito.

Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las medias administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Comisión Nacional de Descarga Procesal; así como a los Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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