Inicio
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de
12/05/2013
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de
Disponen permanencia del Juzgado Mixto Permanente de Mala y reubican el Segundo Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, como Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, Distrito Judicial de Cañete RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ Lima, 6 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre de 2013, se dispuso, entre otras medidas, prorrogar el funcionamiento del Juzgado Mixto Transitorio de Chilca, Distrito Judicial de Cañete,
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2013-CE-PJ
Lima, 6 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre de 2013, se dispuso, entre otras medidas, prorrogar el funcionamiento del Juzgado Mixto Transitorio de Chilca, Distrito Judicial de Cañete, hasta el 31 de octubre del presente año; y a partir del 1 de los corrientes se convirtió y reubicó en Juzgado de Familia Transitorio de Ayacucho, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. Asimismo, a partir del 1 de noviembre del presente año se amplió la competencia territorial del Juzgado Mixto Permanente de Mala a los Distritos de Chilca y Mala, estableciéndose su sede en el Distrito de Chilca.
Segundo. Que advirtiéndose que el Juzgado Mixto Permanente de Mala atiende a pobladores de una amplia extensión geográfica, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias para su permanencia en la ciudad de Mala, a efectos de evitar indefensión y brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz.
Tercero. Que, de otro lado, mediante Oficio N° 185-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal remite el Informe N° 074-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el cual concluye que los dos juzgados Mixtos Permanentes de San Vicente, Distrito Judicial de Cañete, presentan bajo nivel de ingreso y resolución de expedientes, recomendando se reubique el Segundo Juzgado Mixto Permanente, en Juzgado Mixto de Permanente de Chilca, el cual tendrá funciones adicionales de Juzgado Penal Unipersonal. Por lo que, evaluada la propuesta presentada, es pertinente adoptar las acciones administrativas necesarias, teniendo en cuenta además que el Distrito de Chilca presenta crecimiento demográfico exponencial, resultando importante asignar un órgano jurisdiccional que de manera oportuna atienda la demanda del servicio de administración de justicia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 790-2013 de la cuadragésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, y de conformidad con el artículo 82°, incisos 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la permanencia en la ciudad de Mala del Juzgado Mixto Permanente de Mala, Distrito Judicial de Cañete, conservando su competencia territorial. La Resolución Administrativa N° 219-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre del presente año, queda modificada en este extremo.
Artículo Segundo.- Reubicar, a partir del 1 de diciembre del año en curso, el Segundo Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, Corte Superior de Justicia de Cañete, como Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, del mismo Distrito Judicial.
El Primer Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, Corte Superior de Justicia de Cañete, se denominará, a partir de la referida fecha, Juzgado Mixto Permanente del Distrito de San Vicente, del mismo Distrito Judicial, y asumirá la carga procesal del juzgado mixto materia de reubicación.
Disponer que el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chilca, en adición de funciones actuará como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial únicamente en el referido distrito.
Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las medias administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Comisión Nacional de Descarga Procesal; así como a los Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)