12/02/2013

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 044-2013-GS/OSITRAN Aprueban difusión del

Aprueban difusión del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por DEVIANDES S.A.C. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 044-2013-GS/OSITRAN Lima, 26 de noviembre del 2013 ENTIDAD PRESTADORA : DESARROLLO VIAL DE LOS ANDES S.A.C. DEVIANDES S.A.C. MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. - DEVIANDES
Aprueban difusión del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por DEVIANDES S.A.C.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 044-2013-GS/OSITRAN
Lima, 26 de noviembre del 2013
ENTIDAD PRESTADORA : DESARROLLO VIAL DE LOS ANDES
S.A.C. DEVIANDES S.A.C.

MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por Desarrollo Vial de los Andes S.A.C.
- DEVIANDES S.A.C.

VISTO:

La Carta N° 2013-10-1072 de fecha 15 de octubre del 2013, la misma que fue recibida por el OSITRAN el día 16
de agosto del 2013, mediante la cual la entidad prestadora Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. (en lo sucesivo, DEVIANDES) remitió su proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios"; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo "Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias"
del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias;

Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente:
a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes;
b) Los Contratos de Concesión;
c) El "Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias" del OSITRAN;
d) El "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de cada Entidad Prestadora aprobado por el
OSITRAN;
g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN
sobre el particular;

Que, con fecha 16 de octubre de 2013, mediante la Carta 2013-10-1072, DEVIANDES, remitió para su aprobación un proyecto de modificación (actualización)
de su "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios";

Que, mediante Informe N° 038-11-GAL-OSITRAN
del 09 de agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que deben seguir la difusión y aprobación de diversas normas en aplicación del D.S. N° 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial "El Peruano"
el 15-01-2009.

Que, a través de la Resolución N° 35-11-GS/OSITRAN
del 11 de noviembre de 2011, la Gerencia de Supervisión establece la Directiva para el Procedimiento de;

Aprobación de los Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras. En dicha directiva se establece que las entidades prestadoras pueden solicitar a OSITRAN el inicio del procedimiento de modificación de su Reglamento de Reclamos, correspondiendo que la Gerencia de Supervisión emita la resolución correspondiente que aprueba la difusión de la propuesta de modificación mencionada.

Que, corresponde a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del OSITRAN disponer la difusión del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de DEVIANDES; y, en tal sentido;

SE RESUELVE:

Primero.- Aprobar la difusión del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" presentado por la entidad prestadora Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. -DEVIANDES S.A.C.

Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del Proyecto de modificación del "Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios" de Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y de la mencionada entidad prestadora.

Tercero.- Establecer que el plazo para que los interesados puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de modificación del Reglamento de Reclamos presentado por Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. es de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Wilfredo Becerra Silva, Jefe de Carreteras Norte y Centro de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, sito en Av. República de Panamá 3659 - San Isidro - Lima.

Quinto.- Notificar la presente Resolución a la empresa Concesionaria Desarrollo Vial de los Andes S.A.C.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA
Gerente de Supervisión y Fiscalización
OSITRAN

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