12/11/2013

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 467-2013-EM-DGE Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica

Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de distribución eléctrica en las zonas comprendidas en el "Pequeño Sistema Eléctrico Huánuco Ejes Panao - Ambo", ubicado en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 467-2013-EM-DGE Lima, 11 de noviembre de 2013 VISTO: El Expediente con código N° 65331213, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público
Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de distribución eléctrica en las zonas comprendidas en el "Pequeño Sistema Eléctrico Huánuco Ejes Panao - Ambo", ubicado en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 467-2013-EM-DGE
Lima, 11 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente con código N° 65331213, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro - ELECTROCENTRO S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000672 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Huancayo, con domicilio legal en el Jirón Amazonas N° 641, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín;

CONSIDERANDO:

Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección General de Electricidad el 08 de enero de 2013 bajo el Registro N° 2258589, complementada con documento bajo el Registro N° 2321181 de fecha 19 de agosto de 2013, el peticionario solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del "Pequeño Sistema Eléctrico Huánuco Ejes Panao-Ambo", que comprende las zonas de: 1) Yanamayo-Huayopata, 2) Pavina, 3)
Cachigaga-Cruz Punta-Ramos Curva, 4) Palizada-Panaococha-Aurimachay-Huanchag, 5) Huamán, 6)
Changragoto-Rumichaca-Huarpog, 7) Ticapampa-Yanuna-Ichu, 8) Puliaj-Tunapuco, 9) Cangra, 10) Auchi, 11) Montehuasi-Cochato, 12) Cochapampa-Solano Ucro, 13) Lliulla-Uharumi, 14) Ushun, 15) Jishaura, 16)
Gongapata, 17) Jarahuasi-Palmapampa y 18) Picafior-Hierba Buena, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente, ubicadas en las provincias de Pachitea y Ambo, departamento de Huánuco;

Que, el peticionario ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Directoral Regional N° 106-2011-GR-HUANUCO-DREMH
de fecha 30 de setiembre de 2011, y la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral N° 232-2012 EM/DGE, de fecha 16 de noviembre de 2012, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 695-2013-DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro -ELECTROCENTRO S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Pequeño Sistema Eléctrico Huánuco Ejes Panao-Ambo", ubicado en la provincia de Pachitea, departamento de Huánuco, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:

ITEM ZONA DE CONESIÓN
Departa-mento Provincia Distritos Planos N° (Esc.: 1/50
000)
1 Yanamayo-Huayopata Huánuco Pachitea Umari Folios 69-71
2 Pavina Huánuco Pachitea Umari Folios 69-71
3
Cachigaga-Cruz Punta-Ramos Curva Huánuco Pachitea Umari Folios 69-71
4
Palizada-Panaococha-Aurimachay-Huanchag Huánuco Pachitea Umari/Panao Folios 69-71
5 Huamán Huánuco Pachitea Panao Folios 69-71
6
Changragoto-Rumichaca-Huarpog Huánuco Pachitea Panao Folios 69-71
7
Ticapampa-Yanuna-Ichu Huánuco Pachitea Panao Folios 69-71
8 Puliaj-Tunapuco Huánuco Pachitea Panao Folios 69-71
9 Cangra Huánuco Pachitea Umari Folios 69-71
10 Auchi Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
11 Montehuasi-Cochato Huánuco Pachitea Molino/Umari Folios 69-71
12 Cochapampa-Solano Ucro Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
13 Lliulla-Uharumi Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
14 Ushun Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
15 Jishaura Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
16 Gongapata Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
17
Jarahuasi-Palmapampa Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
18 Picafior-Hierba Buena Huánuco Pachitea Molino Folios 69-71
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 009-2012 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro-ELECTROCENTRO
S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 009-2013, referido en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 5.- La presente Resolución será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS A. NICHO DÍAZ
Director General Dirección General de Electricidad

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