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RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 469-2013-EM-DGE Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica
12/11/2013
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 469-2013-EM-DGE Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica
Otorgan a favor de ELECTROCENTRO S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de distribución eléctrica en las zonas que comprende el "Pequeño Sistema Eléctrico Chungui", ubicado en el departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 469-2013-EM-DGE Lima, 11 de noviembre de 2013 VISTO: El Expediente con código N° 65322012, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 469-2013-EM-DGE
Lima, 11 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente con código N° 65322012, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro - ELECTROCENTRO S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000672 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Huancayo, con domicilio legal en el Jirón Amazonas N° 641, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín;
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección General de Electricidad el 13 de junio de 2012 bajo el Registro N° 2199138, complementada con documento bajo el Registro N° 2318469 de fecha 09 de agosto de 2013, el peticionario solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del "Pequeño Sistema Eléctrico Chungui", que comprende las zonas de: 1) Quillabamba-Cuculipampa-Villa Aurora y 2) Huarccas-Chungui-Totora, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente, ubicadas en los distritos de Anco y Chungui, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho;
Que, el peticionario ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Directoral Regional N° 035-2011-GRA/DREMA de fecha 03
de junio de 2011, y la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral N° 096-2011 EM/DGE, de fecha 24 de noviembre de 2011, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 626-2013-DGE-DCE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro - ELECTROCENTRO S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas que comprende el "Pequeño Sistema Eléctrico Chungui", ubicado en los distritos de Anco y Chungui, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas de concesión, según las especificaciones obrantes en el expediente:
ITEM
ZONA DE
CONCESIÓN
Departa-mento Provincia Distritos Planos N° (Esc.: 1/50
000)
1
Quillabamba-Cuculipampa-Villa Aurora Ayacucho La Mar Anco–
Chungui Folio 65
2
Huarccas-Chungui-Totora Ayacucho La Mar Anco-Chungui Folio 65
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 006-2013 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro-ELECTROCENTRO
S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos.
Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 006-2013, referido en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 5.- La presente Resolución será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS A. NICHO DÍAZ
Director General Dirección General de Electricidad
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