12/11/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 229-2013/SIS Aprueban transferencia total para las Unidades Ejecutoras

Aprueban transferencia total para las Unidades Ejecutoras correspondiente al mes de diciembre de 2013 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 229-2013/SIS Lima, 9 de diciembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 016-2013-SIS-GNF-SDGN, con Proveído N° 315-2013-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 582-2013-SIS/OGPPDO de la
Aprueban transferencia total para las Unidades Ejecutoras correspondiente al mes de diciembre de 2013
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 229-2013/SIS
Lima, 9 de diciembre de 2013
VISTOS: El Informe N° 016-2013-SIS-GNF-SDGN, con Proveído N° 315-2013-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 582-2013-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 136-2013-SIS/OGAJ-EBH, con Proveído N° 705-2013-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;

Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se dispone la autorización de las transferencias financieras durante el Año Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud; aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestal, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA
se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndole tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal;

Que, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolución Ministerial N° 240-2009/MINSA, el prestador deberá reponer el 100% del consumo reportado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones";

Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprobaron los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas; por lo que, en los Convenios de Gestión suscrito entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atención, se establece el mecanismo de pago capitado;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprobó la Guía Técnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guía Técnica para el Pago por Preliquidación";

Que, mediante Resolución Jefatural N° 149-2012/SIS, se aprobó la Guía Técnica N° 002-2012-SIS/GNF, "Guía Técnica para el Cálculo del Cápita";

Que, mediante Resolución Jefatural N° 208-2013-SIS, se aprobó la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 278-2013-EF que autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CIENTO VEINTE
MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 120
080,00), a favor del pliego Seguro Integral de Salud, destinados al financiamiento de la prima de los meses de Noviembre y Diciembre 2013 para cada contribuyente del NRUS, incluidos sus derechohabientes, en el Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 582-2013-SIS/OGPPDO aprueba la Certificación de Crédito Presupuestal N° 1054 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de transferencias a Nivel de Componente, Finalidad y Fuente de Financiamiento para el mes de diciembre 2013;

Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de DIECINUEVE
MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SETENTA Y DOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19’908,072.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de diciembre 2013, detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución.

ANEXO 01:

Pago por Capitado S/. 18’779,291.00
00-Recursos Ordinarios
{
Pago por Preliquidado S/. 1’128,781.00
TOTAL GENERAL S/. 19’908,072.00
Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relación a los programas no estratégicos deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud en su Región, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente.

Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el texto de la presente Resolución y el Anexo 01.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud

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