12/07/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1014/RE-2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1014/RE-2013 Lima, 5 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el 54° Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA) se realizará en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 11 al 13 de diciembre de 2013; Que, los temas a tratarse en el referido evento son de especial interés para la República del Perú, en vista del contexto hemisférico en el cual se viene llevando a cabo el debate sobre la eficacia de las actuales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1014/RE-2013
Lima, 5 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el 54° Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA) se realizará en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 11 al 13 de diciembre de 2013;

Que, los temas a tratarse en el referido evento son de especial interés para la República del Perú, en vista del contexto hemisférico en el cual se viene llevando a cabo el debate sobre la eficacia de las actuales políticas antidrogas y los nuevos enfoques y perspectivas sobre el tratamiento del citado problema;

Que, asimismo, durante las sesiones de la CICAD
tendrán lugar las elecciones para los cargos de Presidente y Vicepresidente de la citada Comisión Interamericana para el periodo 2013-2014;

Que, en el marco de la referida reunión se llevará a cabo, el 10 de diciembre de 2013, el evento denominado "Políticas de Drogas desde la Perspectiva de Salud Pública y los Derechos Humanos", cuyo objetivo es generar propuestas concretas para responder al Problema Mundial de las Drogas desde la perspectiva de la Salud Pública y los Derechos Humanos;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 6888, del Despacho Viceministerial, de 22 de noviembre de 2013; y los Memoranda (DGM) N° DGM1098/2013, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 20 de noviembre de 2013; y (OPR) N° OPR0564/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 27 de noviembre de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002/PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013/PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Edgard Arturo Pérez Alván, Director de Control de Drogas, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 10 al 13 de diciembre de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 9 de diciembre de 2013 y su retorno el 14 de diciembre de 2013.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094343: Promoción y Defensa de los Intereses del Perú en Asuntos de Seguridad y Lucha contra las Drogas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total viáticos
US$
Edgard Arturo Pérez Alván 1180.00 370.00 4 1,480.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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