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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-MIMP Aprueban el reordenamiento de cargos contenidos en el
12/03/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-MIMP Aprueban el reordenamiento de cargos contenidos en el
Aprueban el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-MIMP Lima, 29 de noviembre de 2013 Vistos, el Memorando N° 950-2013-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 73-2013-MIMP/OGRH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, el Memorando N° 429-2013-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 037-2013-MIMP/OGPP/OMI/ CRE de la Oficina de Modernización Institucional; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2013-MIMP
Lima, 29 de noviembre de 2013
Vistos, el Memorando N° 950-2013-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 73-2013-MIMP/OGRH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, el Memorando N° 429-2013-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 037-2013-MIMP/OGPP/OMI/ CRE de la Oficina de Modernización Institucional;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP, publicada el 25 de abril de 2013 en el diario oficial "El Peruano", se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y en concordancia con lo establecido en el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 276-2012-MIMP;
Que, mediante Nota N° 135-2013-MIMP/PNCVFS-DE del 15 de mayo de 2013, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS remitió al Despacho Viceministerial de la Mujer la documentación que sustenta el reordenamiento de cargos consignados en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, en atención al Informe N° 199-2013-MIMP/PNCVFS/UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica, el cual emite su opinión favorable a la propuesta formulada por la Sub Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe N° 036-2013-MIMP/PNCVFS/UA/SURH, que incorpora el cargo de Director II a la Unidad de Atención Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual del citado Programa Nacional;
Que, a través del Oficio N° 621-2013/INABIF.DE del 5
junio de 2013, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF remitió al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables el Informe N° 062-2013/INABIF-UPP de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el cual sustenta y emite opinión favorable para el reordenamiento de cargos del referido Programa Nacional, previsto en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP , así como para el cambio de denominación del cargo estructural consignado en el N° de Orden CAP 723;
Que, el artículo 13 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP , siendo que el reordenamiento podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable de racionalización o de quien haga sus veces;
Que, en mérito de lo antes señalado, mediante Informe N° 027-2013-MIMP/OGPP/OMI/CRE del 31 de mayo de 2013 e Informe N° 030-2013-MIMP/OGPP/OMI/CRE del 17
de junio de 2013, la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha considerado procedente el reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP
propuesto por el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, a través del Informe N° 036-2013-MIMP/PNCVFS/UA/SURH de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración del citado Programa Nacional, así como el cambio de denominación del cargo estructural consignado en el N° de Orden CAP 723 propuesto por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, a través del Informe N° 062-2013/INABIF-UPP;
Que, con Memorando N° 950-2013-MIMP/OGRH del 5 de setiembre de 2013, la Oficina General de Recursos Humanos hace suyo el Informe N° 73-2013-MIMP/OGRH-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, el cual señala que la propuesta de reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP
no incidirá en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal del MIMP, por lo que emite su opinión favorable para el citado reordenamiento;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1098
– Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal –
CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobado por Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP, conforme a los Anexos adjuntos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos deberán ser publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.
mimp.gob.pe), en la misma fecha que sea publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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