12/12/2013

RESOLUCIÓN N° 1058-2013-JNE Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del concejo

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 1058-2013-JNE Expediente N° J-2013-01418 ATICO - CARAVELÍ - AREQUIPA Lima, dos de diciembre de dos mil trece VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, al haberse declarado la vacancia del regidor Willian Michael León REQUISITO PARA PUBLICACIN
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 1058-2013-JNE
Expediente N° J-2013-01418
ATICO - CARAVELÍ - AREQUIPA
Lima, dos de diciembre de dos mil trece VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, al haberse declarado la vacancia del regidor Willian Michael León
REQUISITO PARA PUBLICACIN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
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LA DIRECCIÓN
Quispe, por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES
Por Acuerdo N° 35-2013-MDA, adoptado en la sesión extraordinaria del 23 de agosto de 2013, el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Atico declaró la vacancia del regidor Willian Michael León Quispe (fojas 28 y 29 de autos). Dicha decisión fue adoptada ante su inasistencia a las sesiones ordinarias consecutivas de concejo realizadas los días 26 de abril, 20 y 27 de mayo, 12 y 26 de junio y 9 y 30 de julio de 2013.

Mediante el Oficio N° 214-2013-MDA, presentado el 12 de noviembre de 2013, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Atico solicitó la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 1 a 46, incluido anexos).

CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento.

3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Willian Michael León Quispe inasistió injustificadamente a las sesiones ordinarias de concejo realizadas los días 26 de abril, 20 y 27 de mayo, 12 y 26 de junio, y 9 y 30 de julio de 2013, conforme aparece en el acta de la sesión extraordinaria del 23 de agosto del presente año, obrante en copia autenticada de fojas 9 a 11 de autos y en el Informe N° 08-2013-MDA, que aparece a fojas 33
de autos.

Asimismo, puede observarse que el regidor Willian Michael León Quispe fue notificado el 4 de setiembre de 2013 con el Acuerdo de Concejo N° 035-2013-MDA, que declaró su vacancia en el cargo, según constancia de notificación que obra a fojas 23 de autos.

Por otro lado, aparece en el expediente, a fojas 2 y 3, el Acuerdo de Concejo N° 060-2013-MDA, de fecha 29 de octubre de 2013, que declaró consentido el Acuerdo de Concejo N° 035-2013-MDS.

4. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley.

De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar a Clarissa Yáquelin Barrios Cadenas, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 44980181, candidata no proclamada del movimiento regional Fuerza Arequipeña, en reemplazo de Willian Michael León Quispe, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las elecciones municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Willian Michael León Quispe, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Willian Michael León Quispe como regidor del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Clarissa Yáquelin Barrios Cadenas, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 44980181, para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Atico, provincia de Caravelí departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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