12/06/2013

RESOLUCIÓN N° 1688-2013-ANR Declaran que la Universidad San Ignacio de Loyola ha cumplido con lo

Declaran que la Universidad San Ignacio de Loyola ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1688-2013-ANR Lima, 15 de noviembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas de fecha 26 de setiembre y 17 de octubre de 2012, fechas 03 de junio, 04 y 15 de julio, y 27 de setiembre de 2013; informe N° 209-2013-DGDAC, de fecha
Declaran que la Universidad San Ignacio de Loyola ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1688-2013-ANR
Lima, 15 de noviembre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Las cartas de fecha 26 de setiembre y 17 de octubre de 2012, fechas 03 de junio, 04 y 15 de julio, y 27 de setiembre de 2013; informe N° 209-2013-DGDAC, de fecha 31 de octubre de 2013; memorando N° 1224-2013-SE, de fecha 13 de noviembre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las atribuciones específicas e indelegables que se establecen en los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, la creación de carreras, programas de segunda especialidad, y de posgrado acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo, es atribución de esta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios;

Que, mediante Resolución N° 1654-2001-ANR, de fecha 07 de diciembre de 2001, la Asamblea Nacional de Rectores emitió pronunciamiento favorable para el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad San Ignacio de Loyola;

Que, en cumplimiento del dispositivo legal que se cita en el primer considerando de la presente resolución, el Secretario General de la Universidad San Ignacio de Loyola, con sede en la ciudad de Lima, emite las cartas de vistos, en los cuales solicita a la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de programas académicos de pregrado y posgrado que se han creado en su representada, adjuntando para tal efecto los actos resolutivos y planes curriculares correspondientes;
- PREGRADO
I. FACULTAD DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA, donde se encuentran adscritas las siguientes carreras profesionales:
- Carrera Profesional de INGENIERÍA MECÁNICA, aprobada la creación por Resolución Rectoral USIL S.A.

N° 024-2013/G, donde se especifica que entrara en funcionamiento a partir del periodo académico 2015-I.
- Carrera Profesional de INGENIERÍA AMBIENTAL, aprobada la creación por Resolución Rectoral USIL S.A.

N° 020-2013/G de fecha, 01 de Julio del 2013, donde también se especifica que entrara en funcionamiento a partir del periodo académico 2014-I.
- Carrera Profesional de INGENIERÍA QUÍMICA, aprobada la creación por Resolución Rectoral USIL S.A.

N° 025-2013/G de fecha, 04 de Julio del 2013/G, donde también se especifica que entrara en funcionamiento a partir del periodo académico 2015-I.

II. FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES, donde se encuentran adscritas las siguientes carreras profesionales:

1. Carrera Profesional de ADMINISTRACIÓN
Y GESTIÓN PÚBLICA, aprobada la creación por Resolución Rectoral USIL S.A. N° 022-2013/G, donde se especifica que entrara en funcionamiento a partir del periodo académico 2015-I.

III. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD:
donde se encuentran adscritas las siguientes carreras profesionales aprobadas su creación por la Resolución de Rectorado USIL S.A. N° 021-2013/G de fecha 02 de Julio de 2013, y que entrarán en funcionamiento a partir del periodo académico 2014-I:

1. Carrera Profesional de NUTRICIÓN Y
DIETÉTICA.

2. Carrera Profesional de ADMINISTRACIÓN DE LA
SALUD.

IV. FACULTAD DE HUMANIDADES:

1. Carrera Profesional en DISEÑO Y GESTIÓN DE
MARCA, aprobada por Resolución de Rectorado N° 002-2012/G de fecha 13 de abril de 2012.

2. Carrera Profesional de MULTIMEDIA Y
FOTOGRAFÍA PUBLICITARIA, aprobada por Resolución de Rectorado N° 002-2012/G de fecha 13 de abril de 2012.
- POSGRADO
1. Maestría en Educación con mención en Psicopedagogía de la Infancia, se aprueba en vías de regularización por Resolución de Rectorado N° 017-2013/ G, de fecha 28 de mayo de 2013, donde se especifica que viene funcionando desde el 22 de octubre de 2010.

2. Maestría en Gestión Pública, se aprueba en vías de regularización por Resolución de Rectorado N° 008-2012/G, de fecha 18 de setiembre de 2012.

3. Maestría en Administración de Negocios –
Executive MBA, cuya denominación se ha modificado por la Resolución Rectoral N° 011-2012/G, de fecha 15 de octubre de 2012. Dicha maestría viene dictándose desde el 21 de octubre de 1996.

4. Maestría en Dirección de Marketing y Gestión Comercial, aprobado con Resolución de Rectorado N° 012-2012/G, de fecha 12 de octubre de 2012.

Que, mediante el informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación concluye que la documentación cursada por la citada casa superior de estudios cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, en relación a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado y posgrado; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone emitir una resolución de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación;

Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad San Ignacio de Loyola, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado y posgrado; quedando en consecuencia aprobados para su implementación:

1. FACULTAD DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
- Carrera Profesional de Ingeniería Mecánica - Carrera Profesional de Ingeniería Ambiental - Carrera Profesional de Ingeniería Química 2. FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
- Carrera Profesional de Administración y Gestión Pública 3. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
- Carrera Profesional de Nutrición y Dietética - Carrera Profesional de Administración de la Salud 4. FACULTAD DE HUMANIDADES
- Carrera Profesional en Diseño y Gestión de Marca - Carrera Profesional de Multimedia y Fotografía Publicitaria 5. ESCUELA DE POSGRADO
- Maestría en Educación con mención en Psicopedagogía de la Infancia - Maestría en Gestión Pública - Maestría en Administración de Negocios – Executive
MBA
- Maestría en Dirección de Marketing y Gestión Comercial Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Disponer que la creación de nuevos programas académicos de pregrado y posgrado, en cumplimiento del artículo 92° inciso e) de la Ley Universitaria N° 23733, debe tener la coordinación previa con la Asamblea Nacional de Rectores.

Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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