12/06/2013

RESOLUCIÓN N° 1770-2013-ANR Rectifican la Res. N° 1635-2013-ANR, mediante la cual se designó

Rectifican la Res. N° 1635-2013-ANR, mediante la cual se designó Tribunal de Honor Externo para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1770-2013-ANR Lima, 20 de noviembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio N° 358-2013-UNAMAD-C.I.-R, de fecha 13 de noviembre de 2013; memorando N° 1258-2013-SE, de fecha 20 de noviembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del artículo 201°
Rectifican la Res. N° 1635-2013-ANR, mediante la cual se designó Tribunal de Honor Externo para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1770-2013-ANR
Lima, 20 de noviembre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

El oficio N° 358-2013-UNAMAD-C.I.-R, de fecha 13
de noviembre de 2013; memorando N° 1258-2013-SE, de fecha 20 de noviembre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material y aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de decisión, debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicación o publicación del acto original;

Que, mediante Resolución N° 1635-2013-ANR, de fecha 23 de octubre de 2013, se designó un Tribunal de Honor Externo para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, precisando a su vez que el mencionado Tribunal de Honor, aperturará los Proceso Administrativos Disciplinarios que haya lugar e investigará, procesará y dictaminará sobre las responsabilidades de autoridades universitarias, docentes y estudiantes relacionados en las graves irregularidades que dieron lugar a la Resolución N° 0622-2013-ANR;

Que, mediante la oficio de Vistos, el presidente de la Comisión de Intervención de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios comunica que se ha omitido mencionar en el segundo artículo de la parte resolutiva de la Resolución N° 1635-2013-ANR, que el Tribunal de Honor podrá evaluar las faltas disciplinarias ocurridas desde que la Comisión de Intervención inició funciones;

Que, después de haber revisado al detalle la referida resolución, en contraste con la documentación que le dio origen, se evidencia que no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión de la mencionada Resolución, correspondiendo en consecuencia la rectificación correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 201°, numeral 201.1 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General;

Que, mediante memorando N° 1258-2013-SE, la Secretaría Ejecutiva dispone elaborar una resolución autorizando la rectificación de la Resolución N° 1635-2013-ANR, en los términos expuesto;

Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectificar la Resolución N° 1635-2013-ANR, de fecha 23 de octubre de 2013, en los siguientes términos:

DICE: Dr. Juan Edgar Diaz Zuñiga DEBE DECIR: Ing. M. Sc. Juan Edgar Diaz Zuñiga Artículo 2°.- Establecer, que el artículo segundo de la Resolución N° 1635-2013-ANR, quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 2°.- Precisar, que el Tribunal de Honor Externo aperturará los Proceso Administrativos Disciplinarios que haya lugar e investigará, procesará y dictaminará sobre las responsabilidades de autoridades universitarias, docentes y estudiantes relacionados en las graves irregularidades que dieron lugar a la Resolución N° 0622-2013-ANR; así como también sobre los casos de faltas disciplinarias ocurridas desde el momento en que la Comisión de Intervención inició sus funciones.

Artículo 3°.-Comuníquese la presente resolución a los profesionales designados y a la Comisión de Intervención de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.

Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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