12/14/2013

RESOLUCIÓN N° 1782-2013-ANR Declaran que la Universidad de Piura ha cumplido lo dispuesto en la Ley

Declaran que la Universidad de Piura ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión Estratégica COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1782-2013-ANR Lima, 27 de noviembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios SG 15, 58 y 102/13, de fechas 08 de febrero, 17 de junio y 02 de septiembre de 2013; informe N° 202-2013-DGDAC, de fecha 21 de octubre de 2013, memorando N° 1176-2013-SE, de fecha
Declaran que la Universidad de Piura ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión Estratégica COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1782-2013-ANR
Lima, 27 de noviembre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Los oficios SG 15, 58 y 102/13, de fechas 08 de febrero, 17 de junio y 02 de septiembre de 2013; informe N° 202-2013-DGDAC, de fecha 21 de octubre de 2013, memorando N° 1176-2013-SE, de fecha 25 de octubre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las atribuciones específicas e indelegables que se establecen en los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo, es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios;

Que, por Resolución N° 770-91-ANR, de fecha 29
de abril de 1991, la Asamblea Nacional de Rectores, emitió pronunciamiento favorable sobre la creación de la Escuela de Posgrado, con la Maestría en Dirección de Empresas, en la Universidad de Piura, precisando que la creación de especialidades estará sujeta a la coordinación previa con la Asamblea Nacional de Rectores;

Que, en cumplimiento del considerando precedente, mediante el oficio de vistos, el Secretario General de la Universidad de Piura comunica que por Acuerdo del Consejo Superior CS 2409/12, de fecha 17 de diciembre de 2012, se resolvió aprobar la realización de la Maestría en Gestión Estratégica; en virtud de ello es que solicita el reconocimiento y oficialización de la misma por parte de la Asamblea Nacional de Rectores;

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emitió el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la mencionada universidad cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento del programa académico de posgrado citado en el considerando precedente; por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se declare que la Universidad de Piura ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión Estratégica;

Estando a la autorización de la Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad de Piura, con sede en la ciudad de Piura, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de la Maestría en Gestión Estratégica; quedando en consecuencia aprobada para su implementación.

Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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