Inicio
Asamblea Nacional de Rectores
Organos Autonomos
RESOLUCIÓN N° 1796-2013-ANR Declaran que la Universidad Peruana Los Andes ha cumplido lo dispuesto
12/14/2013
RESOLUCIÓN N° 1796-2013-ANR Declaran que la Universidad Peruana Los Andes ha cumplido lo dispuesto
Declaran que la Universidad Peruana Los Andes ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1796-2013-ANR Lima, 4 de diciembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N° 0326-SG/UPLA-2013, de fecha 24 de mayo, N° 876-D-EPG-UPLA/2013, de fecha 25 de julio de 2013; informe N° 215-2013-DGDAC, de fecha 14 de noviembre de 2013; memorando
RESOLUCIÓN N° 1796-2013-ANR
Lima, 4 de diciembre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
Los oficios N° 0326-SG/UPLA-2013, de fecha 24 de mayo, N° 876-D-EPG-UPLA/2013, de fecha 25 de julio de 2013; informe N° 215-2013-DGDAC, de fecha 14 de noviembre de 2013; memorando N° 1274-2013-SE, de fecha 22 de noviembre de 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones específicas e indelegables que están establecidas en los incisos e) y f)
del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, y que a la letra precisa "la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una universidad y de las facultades en que se hacen los estudios respectivos requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; asimismo, es atribución de esta última concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios";
Que, por Resolución N° 1622-2003-ANR, de fecha 15
de agosto de 2003, se aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Peruana Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo;
Que, mediante los oficios de vistos, el Secretario General y el Director (e) de la Escuela de Posgrado de la Universidad Peruana Los Andes solicitan al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de posgrado que se han creado en la Escuela de Posgrado de su representada, adjuntando para tal efecto los actos resolutivos y planes curriculares correspondientes:
1. Maestría en Ciencias de la Salud con mención en Salud Pública, aprobada con Resolución N° 067-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012.
2. Maestría en Educación con mención en Docencia Médica e Investigación, aprobada con Resolución N° 063-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012.
3. Maestría en Contabilidad y Finanzas con mención en Auditoría y Control de Gestión, aprobada con Resolución N° 068-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012.
4. Maestría en Ciencias de la Salud con mención en Gestión en Servicios de Salud, aprobada con Resolución N° 066-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012.
5. Maestría en Educación con mención en Docencia en Educación Superior, aprobada con Resolución N° 065-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012.
6. Maestría en Educación con mención en Gerencia Educativa, aprobada con Resolución N° 064-2012-AU, de fecha 28 de diciembre de 2012;
Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la mencionada universidad, en relación a la creación y funcionamiento de los programas académicos citado precedentemente, cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 2373;
por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en vía de regularización, emita la resolución correspondiente;
Que, con el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se declare, en vía de regularización, que la Universidad Privada Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de posgrado mencionados en el tercer considerando de la presente resolución;
Estando a la autorización de la Alta Dirección; y, De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Peruana Los Andes, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de posgrado siguientes:
1. Maestría en Ciencias de la Salud con menciones en:
- Salud Pública - Gestión en Servicios de Salud 2. Maestría en Educación con menciones en:
- Docencia Médica e Investigación - Docencia en Educación Superior - Gerencia Educativa 3. Maestría en Contabilidad y Finanzas con mención en Auditoría y Control de Gestión.
Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.
Artículo 3°.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)