12/13/2013

RESOLUCIÓN N° 269-2013/SBN-DGPE-SDAPE Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 269-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 06 de diciembre de 2013 Visto el Expediente N° 300-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 271,48 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Soporo, adyacente a la Carretera Andagua - Chachas distrito de Andagua, Provincia Castilla, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que,
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 269-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 06 de diciembre de 2013
Visto el Expediente N° 300-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1
271,48 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Soporo, adyacente a la Carretera Andagua - Chachas distrito de Andagua, Provincia Castilla, departamento de Arequipa;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 1 271,48 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Soporo, adyacente a la Carretera Andagua - Chachas distrito de Andagua, Provincia Castilla, departamento de Arequipa, se encuentra sin inscripción registral;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 07
de junio de 2012, profesionales de esta Subdirección verificaron que el terreno submateria es de naturaleza eriaza, encontrándose libre de ocupación;

Que, con oficio N° 1557-2013/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 02 de octubre del presente año se solicitó a la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa que se pronuncie por la situación registral del predio en cuestión, siendo atendido por su similar N° 5055-2013 Z.R. N° XII-GR-PUBL de fecha 23 de octubre del 2013 en el que remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 23 de octubre de 2013 sobre la base del Informe Técnico N° 5594-2013/ZRXII-OC-BC, en el que se concluye que el área materia de búsqueda, no se encuentra ubicada sobre predios actualizados en las capas estudiadas;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 271,48 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0304-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 14 de noviembre de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1
271,48 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado Soporo, adyacente a la Carretera Andagua - Chachas distrito de Andagua, Provincia Castilla, departamento de Arequipa;
según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XII – Sede Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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