12/06/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 595-2013-MTC/03 Aprueban transferencia de la autorización otorgada a

Aprueban transferencia de la autorización otorgada a la empresa Radio TV Real E.I.R.L. a favor de la empresa Radio Panamericana S.A. en el departamento de Amazonas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 595-2013-MTC/03 Lima, 26 de noviembre del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2012-068371 del 12 de octubre de 2012, presentado por la empresa RADIO TV REAL E.I.R.L., sobre aprobación de transferencia de su autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chachapoyas,
Aprueban transferencia de la autorización otorgada a la empresa Radio TV Real E.I.R.L. a favor de la empresa Radio Panamericana S.A. en el departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 595-2013-MTC/03
Lima, 26 de noviembre del 2013
VISTO, el escrito de registro N° 2012-068371 del 12 de octubre de 2012, presentado por la empresa RADIO TV REAL E.I.R.L., sobre aprobación de transferencia de su autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas; en favor de la empresa
RADIO PANAMERICANA S.A.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 473-2010-MTC/03 del 24 de junio de 2010, notificada el 07
de julio de 2010, se otorgó autorización a la empresa RADIO TV REAL E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas, con vigencia al 07 de julio de 2020;

Que, escrito de Visto, la empresa RADIO TV REAL
E.I.R.L. solicita se apruebe la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 473-2010-MTC/03, a favor de la empresa RADIO
PANAMERICANA S.A.;

Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, Ley No. 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77°
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 2796-2013-MTC/28, ampliado con Informe N° 3037-2013-MTC/28, opina que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa, debe aprobarse la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO TV REAL E.I.R.L, mediante Resolución Viceministerial N° 473-2010-MTC/03, a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., y reconocer a ésta como nuevo titular de la citada autorización;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO TV REAL E.I.R.L. mediante Resolución Viceministerial N° 473-2010-MTC/03, a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A.;
conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización.

Artículo 2°.- Reconocer a la empresa RADIO
PANAMERICANA S.A., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 473-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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