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DECRETO SUPREMO N° 004-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de
1/14/2014
DECRETO SUPREMO N° 004-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para el financiamiento de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior DECRETO SUPREMO N° 004-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 105-2013-PROMPERU/DE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura
DECRETO SUPREMO N° 004-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30114, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 105-2013-PROMPERU/DE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo para el Año Fiscal 2014, que considera la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DOCE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 68 343 312,00), para el financiamiento de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior;
Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, modifica la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, en el extremo que las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX)
dependen funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y autoriza que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se generen como consecuencia de lo dispuesto en dicha disposición, se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de este último, en un plazo de sesenta (60) días calendario;
Que, mediante Informe N° 023-2013-PROMPERU/SE-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, informa que el monto considerado en su presupuesto institucional para el año fiscal 2014, para ser destinado al financiamiento de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, asciende a la suma de SESENTA Y
OCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL TRESCIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
68 343 312,00), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, en mérito de lo cual, con Oficio N° 1-2014-MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita la transferencia de los citados recursos, a favor del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del Pliego 035:
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de lo establecido por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 68 343 312,00);
De conformidad con lo establecido por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 68 343 312,00), a favor del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para ser destinado al financiamiento de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 008 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERU
UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERU
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0065 : Aprovechamiento de las oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Perú PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5004448 : Gestión de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8 269 000,00
2.3 Bienes y Servicios 41 638 512,00
PRODUCTO 3000619 : Empresas en la ruta exportadora acceden a servicio para mejorar su potencial exportador ACTIVIDAD 5004447 : Promoción comercial a empresas priorizadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 17 343 900,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001097 : Promoción Turística del Perú en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 091 900,00
---------------------TOTAL EGRESOS 68 343 312,00
---------------------A LA: (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR
UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración
MINCETUR
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0065 : Aprovechamiento de las oportunidades comerciales brindadas por los principales socios comerciales del Perú PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5004448 : Gestión de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8 269 000,00
2.3 Bienes y Servicios 58 982 412,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001097 : Promoción Turística del Perú en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 091 900,00
---------------------TOTAL EGRESOS 68 343 312,00
---------------------Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de enero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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