1/14/2014

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 005-2014-CE-PJ Disponen la evaluación de la gestión jurisdiccional y

Disponen la evaluación de la gestión jurisdiccional y administrativa de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 005-2014-CE-PJ Lima, 7 de enero de 2014 VISTOS: Los reportes de procedimientos disciplinarios de la Oficina de Control de la Magistratura, denuncias periodísticas; y el Informe N° 232-2013-GA-P-PJ, del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el actual gobierno del Poder Judicial ha fijado como política de gestión
Disponen la evaluación de la gestión jurisdiccional y administrativa de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 005-2014-CE-PJ
Lima, 7 de enero de 2014
VISTOS:

Los reportes de procedimientos disciplinarios de la Oficina de Control de la Magistratura, denuncias periodísticas; y el Informe N° 232-2013-GA-P-PJ, del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el actual gobierno del Poder Judicial ha fijado como política de gestión la mejora en la calidad del servicio de impartición de justicia, lo cual se trasluce, entre otras acciones, en el dictado de medidas tendientes a garantizar que el desempeño de la función jurisdiccional cumpla con los mismos estándares de eficiencia en todas las Cortes Superiores de Justicia del país.

Segundo. Que existen serios cuestionamientos a la labor que se viene desempeñando en el Distrito Judicial de Madre de Dios, lo que sin duda afecta gravemente la imagen del Poder Judicial y pone en tela de juicio la adecuada conducción de la impartición de justicia en esa Corte Superior; así como la idoneidad de quienes ejercen el cargo de jueces y personal auxiliar en la referida sede judicial.

Tercero. Que los órganos de dirección del Poder Judicial no pueden mantener una actitud pasiva frente a situaciones que claramente constituyen indicios de una marcha irregular de sus dependencias. Por lo tanto, dentro del ámbito de sus competencias legalmente establecidas, corresponde adoptar medidas urgentes que conduzcan a corregirlas y superarlas, asegurando, de esta manera, la debida prestación del servicio de impartición de justicia en todo el país.

Cuarto. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para adoptar las medidas necesarias a fin que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia; así como para que los jueces y servidores se desempeñen con la mejor conducta funcional.

También el artículo 7° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Administrativa N° 227-2012-CE-PJ, establece que este Órgano de Gobierno tiene la atribución de designar comisiones de asesoramiento, investigación y estudio.

Quinto. Que para la realización de inspecciones, investigaciones, auditorías o exámenes especiales en las dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales, con el fin de evaluar la conducta funcional de jueces, auxiliares jurisdiccionales, funcionarios, empleados y servidores en general, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial debe requerir la participación de la Oficina de Control de la Magistratura y el Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, según lo prescriben los numerales 35 y 38 del artículo 7° de su Reglamento de Organización y Funciones.

Sexto. Que atendiendo a la problemática que se presenta en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, se torna imperativo adoptar medidas inmediatas para restablecer lo antes posible el normal y confiable desarrollo de sus actividades jurisdiccionales, por lo que con dicha finalidad se debe constituir una comisión de trabajo.

Sétimo. Que, en cumplimiento de la normatividad vigente y para un mejor desarrollo de sus funciones, la referida comisión deberá estar integrada por un representante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, un integrante de la Oficina de Control de la Magistratura designado por su Jefatura Suprema, el Jefe de la Oficina de Control Institucional del Poder Judicial, un Presidente de Corte Superior de Justicia del país; y un integrante del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, que hará las veces de secretario técnico.

Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 005-de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la evaluación de la gestión jurisdiccional y administrativa de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; constituyéndose para tal efecto una comisión que tendrá el plazo de 60 días calendario, contados a partir de su fecha de instalación, para emitir su informe y recomendaciones.

Artículo Segundo.- La Comisión de Evaluación estará conformada por los siguientes integrantes:
• Doctor José Luis Lecaros Cornejo, Juez Supremo Titular e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien la presidirá, • Un Juez Superior Titular, Miembro de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, designado por la Jefatura Suprema de dicho órgano contralor, • Doctor Aristo Wilbert Mercado Arbieto, Juez Superior Titular y Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, • C.P.C. Américo Mario Revilla Fernández, Jefe de la Oficina de Control Institucional del Poder Judicial; asistido por un grupo de apoyo.
• Doctor José Fernando Álvarez Ferrando, Coordinador General del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, quien hará las veces de secretario técnico.

Artículo Tercero.- Las recomendaciones de la comisión serán puestas en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su evaluación y emisión de las medidas a que hubiere lugar.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, integrantes de la comisión designada, y a la Gerencia General del Poder Judicial a fin que brinde a la comisión las facilidades que requiera para el eficiente desarrollo de sus actividades.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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