1/16/2014

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2014-CD/OSIPTEL Amplían plazo establecido en la Res.

Amplían plazo establecido en la Res. 162-2013-CD/OSIPTEL para la remisión de comentarios al "Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2014-CD/OSIPTEL Lima, 9 de enero de 2014 EXPEDIENTE : N° 00001-2013-CD-GPRC/PI MATERIA : Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33: Acceso a la Red Pública de Servicios Móviles y Acceso Mayorista al Servicio de Comunicaciones desde Terminales Móviles / Ampliación
Amplían plazo establecido en la Res. 162-2013-CD/OSIPTEL para la remisión de comentarios al "Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2014-CD/OSIPTEL
Lima, 9 de enero de 2014
EXPEDIENTE : N° 00001-2013-CD-GPRC/PI
MATERIA :

Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33: Acceso a la Red Pública de Servicios Móviles y Acceso Mayorista al Servicio de Comunicaciones desde Terminales Móviles / Ampliación de plazo para comentarios
ADMINISTRADOS :

Telefónica Móviles S.A, América Móvil Perú S.A.C. y Nextel del Perú S.A.

VISTO el Informe N° 013-GPRC/de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda la ampliación del plazo para comentarios al "Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33"; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 162-2013-CD/OSIPTEL, se sometió a consulta pública el "Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33", señalando un plazo de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios sobre dicho proyecto;

Que, conforme al análisis desarrollado en el Informe de VISTOS, atendiendo a los argumentos de la prórroga solicitada por las empresas concesionarias América Móvil Perú S.A.C. –carta DMR/CE-FM/N° 1692/13 del 18 de diciembre de 2013- y Telefónica Móviles S.A. –carta TM-925-A-002-14 del 02 de enero de 2014-, y de acuerdo con la política de transparencia con que actúa el OSIPTEL, se considera pertinente ampliar el referido plazo de comentarios por treinta (30) días calendario adicionales, teniendo en cuenta la complejidad y relevancia del tema que es materia de consulta pública y la cantidad de días feriados y no laborables incluidos en el plazo inicialmente fijado;

En aplicación de las atribuciones establecidas en el inciso b) del Artículo 75° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 524;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar por treinta (30) días calendario adicionales, el plazo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 162-2013-CD/OSIPTEL para la remisión de comentarios al "Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes en los Mercados N° 30, 31, 32 y 33", lo cual implica que dicho plazo vencerá el 10 de febrero de 2014; de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución y su Informe N° 013-GPRC/2014, se notifiquen a las empresas concesionarias Telefónica Móviles S.A., América Móvil Perú S.A.C. y Nextel del Perú S.A., y se publiquen en el Portal Electrónico del OSIPTEL (http:// www.osiptel.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO MARTIN RUIZ DIAZ
Presidente del Consejo Directivo

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