1/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0028/RE-2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0028/RE-2014 Lima, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Primera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y Turquía se llevará a cabo en la ciudad de Ankara, República de Turquía, del 20 al 24 de enero de 2014; Que, en las referidas reuniones se conformarán las mesas de negociación sobre Acceso a Mercados; Reglas de Origen, Aduanas y Facilitación de Comercio; Defensa Comercial; Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; Comercio de Servicios; Propiedad Intelectual;

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0028/RE-2014
Lima, 17 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, la Primera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y Turquía se llevará a cabo en la ciudad de Ankara, República de Turquía, del 20 al 24 de enero de 2014;

Que, en las referidas reuniones se conformarán las mesas de negociación sobre Acceso a Mercados; Reglas de Origen, Aduanas y Facilitación de Comercio; Defensa Comercial; Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; Comercio de Servicios; Propiedad Intelectual; Cooperación; Asuntos Institucionales y Obstáculos Técnicos al Comercio;

Que, el acordar un tratado de libre comercio con la República de Turquía permitirá que un número considerable de productos peruanos, en especial del sector no tradicional, acceda en condiciones ventajosas al mercado de ese país, lo que coadyuvará a la generación de empleo, en particular en el área de la micro, pequeña y mediana empresa;

T eniendo en cuenta la Hojas de Trámite (GAC) N° 7511
y N° 230, del Despacho Viceministerial, de 27 de diciembre de 2013 y 15 de enero de 2014, respectivamente; y los Memoranda (DAE) N° DAE1581/2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 24 de diciembre de 2013; y (OPR) N° OPR0029/2014, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 15 de enero de 2014, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002/PCM y sus modificatorias; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Ankara, República de Turquía, del 20 al 24 de enero de 2014, para que participen en la Primera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y Turquía; así como autorizar su salida del país el 18
de enero de y su retorno el 26 de enero de 2014:
• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Jorge Renato Reyes Tagle, Subdirector de Acuerdos Comerciales, de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos; y, • Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República José Miguel Nieto Frías, funcionario de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total Viáticos
US$
Jorge Renato Reyes Tagle 3,450.00 500.00 5 2,500.00
José Miguel Nieto Frías 3,450.00 500.00 5 2,500.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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