1/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2014-MEM/DM Declaran extinguida servidumbre respecto a lotes del

Declaran extinguida servidumbre respecto a lotes del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2014-MEM/DM Lima, 14 de enero de 2014 VISTO: El Expediente N° 21228113, y la solicitud presentada por BESCO S.A.C. sobre extinción de servidumbre de electroducto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 162 de fecha 30 de marzo de 1960, expedida por el Ministerio de Fomento y Obras
Declaran extinguida servidumbre respecto a lotes del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2014-MEM/DM
Lima, 14 de enero de 2014
VISTO: El Expediente N° 21228113, y la solicitud presentada por BESCO S.A.C. sobre extinción de servidumbre de electroducto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 162 de fecha 30 de marzo de 1960, expedida por el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, actualmente Ministerio de Energía y Minas, se autorizó a Empresas Eléctricas Asociadas ejecutar obras para la implantación de la Línea de Transmisión de 30 kV, destinada a conectar la Central Generadora Huampaní con la Cabina Morón, iniciando los trámites respectivos para el establecimiento de servidumbres;

Que, en mérito a la Resolución Ministerial N° 162, referida en el considerando que antecede, se extendió la Escritura Pública de fecha 23 de junio de 1960, en virtud de la cual el señor Manuel Máximo Flores Hinostroza, constituyó servidumbre de electroducto a favor de Empresas Eléctricas Asociadas con el objeto de la implantación de la citada Línea de Transmisión de 30 kV
sobre el inmueble denominado Fundo San Bartolomé;

Que, BESCO S.A.C. mediante los documentos ingresados con registros N° 2321527 y N° 2327028 de fecha 21 de agosto y 12 de setiembre de 2013, respectivamente, solicitó el levantamiento de gravamen de servidumbre eléctrica sobre siete (07) lotes de su propiedad, inscritos en las Partidas N° 46393643, N° 12272956, N° 12272957, N° 12272959, N° 12272958, N° 12272960 y N° 12272962
del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, ubicados en el Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima;

Que, el literal b) del artículo 119 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el Ministerio de Energía y Minas, a pedido de parte o de oficio, declarará la extinción de las servidumbres impuestas en caso el propietario del predio sirviente demuestre que la servidumbre permanece sin uso por más de doce meses consecutivos;

Que, en el presente caso, atendiendo a lo solicitado a través de los Oficios N° 1960-2013-MEM-DGE y N° 2351-2013-MEM-DGE, dirigidos al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, y notificados el 09 de octubre y 27 de noviembre de 2013, respectivamente, dicho organismo remitió los Oficios N° 8860-2013-OS-GFE y N° 9821-2013-OS-GFE, ingresados con registros N° 2338532 con fecha 29 de octubre de 2013 y N° 2350895 con fecha 11 de diciembre de 2013, respectivamente, adjuntando los Informes de Supervisión Especial N° 010-2013/VEN y N° 027/2010-2013-12-01, respectivamente, señalando que ha verificado que no existen instalaciones eléctricas en el Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, que fue objeto de gravamen por constitución de servidumbre, razón por la que resulta aplicable lo dispuesto en el literal b) del artículo 119 de la Ley de Concesiones Eléctricas, mencionado en el cuarto considerando de la presente Resolución;

Que, en mérito a los documentos mencionados en los considerados precedentes, así como el Informe N° 936-2013-DGE-DCE, de fecha 16 de diciembre de 2013, resulta procedente declarar extinguida la servidumbre constituida al amparo de la Resolución Ministerial N° 162, sobre el Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar extinguida la servidumbre constituida al amparo de la Resolución Ministerial N° 162
de fecha 30 de marzo de 1960, respecto al Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitación Urbana denominada Lote G, del Ex Fundo San Bartolomé, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, liberándola del referido gravamen.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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