1/14/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2014/MINSA Delegan a la Secretaría General del Ministerio de Salud la

Delegan a la Secretaría General del Ministerio de Salud la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2014/MINSA Lima, 9 de enero del 2014 VISTO: El expediente N° 14-001528-001, que contiene el Informe N° 001-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
Delegan a la Secretaría General del Ministerio de Salud la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2014/MINSA
Lima, 9 de enero del 2014
VISTO: El expediente N° 14-001528-001, que contiene el Informe N° 001-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del citado Texto, señala que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho cuerpo normativo, así como las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, el numeral 40.1 del artículo 40° del antes mencionado Texto Único Ordenado, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal;

Que, el numeral 40.2 del citado artículo 40° señala que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de Ia Oficina de Presupuesto o de Ia que haga sus veces en Ia Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal c) del artículo 10° de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161, el Ministro de Salud ejerce la titularidad del pliego presupuestal, siendo que puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, conforme lo señalado en el literal e) del precitado artículo;

Que, mediante Ley N° 30114, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, entre los que se encuentra el presupuesto del Pliego 011:

Ministerio de Salud;

Que, a efecto de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 011: Ministerio de Salud, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 001-2014-OGPP-OP/MINSA, ha sustentado la conveniencia de delegar en la Secretaría General del Ministerio de Salud, la facultad en materia presupuestal de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011:

Ministerio de Salud, durante el período presupuestario 2014;

Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 10° de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161, y en el T exto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo
N°304-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2014, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud.

Artículo 2°- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución Ministerial, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fines.

Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dae normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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