1/18/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-VIVIENDA Modifican conformación del Comité de Inversión del

Modifican conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-VIVIENDA Lima, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, considera como un objetivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fomentar la iniciativa e inversión privada y la participación de las organizaciones
Modifican conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2014-VIVIENDA
Lima, 17 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, considera como un objetivo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fomentar la iniciativa e inversión privada y la participación de las organizaciones de la sociedad civil, en la expansión de la cobertura de la infraestructura económica, social y equipamiento de los centros de población y áreas de infiuencia.

Que, el literal h) del Artículo 8 de la precitada norma dispone que es función del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento promover la participación del sector privado, en el ámbito de su competencia, para el desarrollo de la construcción de infraestructura, saneamiento y para la atención de requerimientos habitacionales;

Que, el Decreto Legislativo N° 1012, que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, establece los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con participación del sector privado, así como el marco general aplicable a las iniciativas privadas;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1012, dispone que para el caso del Gobierno Nacional, los Organismos Promotores de la Inversión Privada - OPIP
son la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, para los proyectos que se le asignen en función de su relevancia nacional y los Ministerios a través de los Comités de Inversión que conformen;

Que, conforme al numeral 9.7 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1012, la designación de los Comités de Inversión por parte de los Ministerios se efectúa mediante Resolución Suprema que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución Suprema N° 028-2009-VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24
de octubre del 2009, se crea el Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto de llevar a cabo procesos de promoción de inversión privada y evaluación de iniciativas privadas de proyectos de obras públicas y servicios públicos, en el marco del Decreto Legislativo N° 1012, designándose a sus miembros;

Que, mediante Resolución Suprema N° 030-2009-VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de diciembre de 2009 se modifica la Resolución Suprema N° 028-2009-VIVIENDA, en lo que respecta a la conformación del Comité de Inversión;

Que, resulta necesario designar a los nuevos miembros que integrarán el referido Comité de Inversión;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de la conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Modifíquese la conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a que se refieren las Resoluciones Supremas N° 028-2009-VIVIENDA y 030-2009-VIVIENDA, el mismo que quedará conformado por los siguientes integrantes:
- Señorita Aouda Annel Del Castillo Díaz, quien lo presidirá.
- Señorita María del Pilar Caballero Sara.
- Señor Luis Obdulio Tagle Pizarro.

Artículo 2.- Instalación del Comité de Inversión El Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá instalarse en un plazo que no excederá los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la presente norma.

Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1039798-12
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.

2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas.

3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico:
dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.

4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.

5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

LA DIRECCIÓN
{G}ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
{E}AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Incorporan profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos
{N}RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 005-2014-SERVIR-PE
Lima, 16 de enero de 2014
VISTO, el Informe N° 008-2014-SERVIR/GDGP, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR;

Que, los artículos 7° y 9° del Decreto Legislativo N° 1024
concordados con el artículo 8° del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, disponen que los candidatos que hubieren aprobado el Curso de Introducción y, por tanto, el proceso de selección, serán incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos y quedarán en situación de disponibilidad para ser asignados a cargos de dirección o de gerencia de mando medio de las entidades públicas que los soliciten, de acuerdo con el mencionado Decreto Legislativo, el citado reglamento y las disposiciones complementarias que emita la Autoridad;

Que, mediante la Directiva 001-2013-SERVIR-GDGP
que aprueba las Disposiciones del proceso de selección, incorporación y asignación de Gerentes Públicos, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 168-2013-SERVIR-PE, se regula los tipos de proceso de selección de profesionales para ser incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, entre los cuales se encuentra el proceso de selección simplificado;

Que, en dicho marco se procedió a convocar el 20 de Octubre de 2013 el proceso de selección simplificado para incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos, el mismo que tuvo dos etapas eliminatorias, la primera que fue desde la convocatoria y selección y la segunda estuvo constituida por un curso de introducción realizado entre el 16 diciembre de 2013 y el 14 de enero de 2014;

Que, el Consejo Directivo, en su sesión N° 001-2014, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en los talleres de competencias genéricas y específicas del perfil del Gerente Público, la evaluación de casos prácticos, así como en la entrevista del Consejo Directivo a los candidatos, aprobó la relación de profesionales que serán incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, encargando a la Presidencia Ejecutiva adoptar las medidas necesarias para la implementación de dicho acuerdo y emitir los actos de administración respectivos;

De conformidad al Decreto Legislativo N° 1024 y el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM
y modificatorias;

Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Incorporar al Cuerpo de Gerentes Públicos a los profesionales que obran en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su respectivo anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
ANEXO
RELACION DE PROFESIONALES INCORPORADOS AL CUERPO
DE GERENTES PUBLICOS
PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO
CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES
CGP365 ACOSTA ZEVALLOS RUTH MERY
CGP366 ALVAREZ RAMOS JOSE LUIS
CGP367 ALVITES ANDRADE CESAR ALBERTO
CGP368 ARBULU MOLERO JAVIER AUGUSTO
CGP369 ARISPE ALBURQUEQUE SYLVANA GANNINA
CGP370 BECERRA SILVA WILFREDO
CGP371 BERNAL ALVA JUANA LOURDES
CGP372 BERRIOS ORDOÑEZ CESAR AUGUSTO
CGP373 BUENO TRUCIOS MARITZA CARMEN
CGP374 CALDERON PONCE GABRIEL ENRIQUE
CGP375 CALDERON VARGAS LUIS JOSE
CGP376 CASTILLO RIOS MARIA ANGELICA
CGP377 CASTILLO VALVERDE ANIBAL WILLIAN
CGP378 CHAGUA TUCTO KELER ADELFO
CGP379 ESCALANTE COCA CARLOS ENRIQUE
CGP380 ESPICHAN CUADROS PATRICIA DEL PILAR
CGP381 FLORES MATIENZO GLORIA MERCEDES
CGP382 GALVEZ MEJIA VICTOR ROLANDO
CGP383 GOMEZ CASTRO OSCAR ENRIQUE
CGP384 GONZALES CLEMENTE JOSE ANTONIO
CGP385 GONZALES ESCUDERO JOSE ERNESTO
CGP386 HARVEY PALOMINO SANDRO PERCY
CGP387 HERBOZO COLQUE RICARDO GABRIEL
CGP388 HERRERA FLOREZ MARCELA
CGP389 HUAPAYA RAYGADA RICARDO VICTOR LUIS
CGP390 JORDAN MEDINA FREDY
CGP391 LAZARTE GONZALES RUBEN MICHAEL
CGP392 LEON NIETO PEDRO HUMBERTO
CGP393 LOYOLA ESCAJADILLO
CARLOS MARTIN
EULALIO
CGP394 MACHUCA VILCHEZ CELESTINO ROSELES
CGP395 MATOS ALVARADO MANUEL AMADOR
CGP396 MEDINA ESQUIVEL
WILFREDO
ALEXANDER
CGP397 MEDINA HERNANDEZ LUIS ALBERTO
CGP398 MEDINA ROSELL JORGE ALEJANDRO
CGP399 MIESES FERNANDEZ KATIA INES
CGP400 NAVARRO FALCONI JULIO CESAR
CGP401 NORIEGA ACURIO MIREYA
CGP402 OLIVERA MONTERO PATRICIA ELIZABETH
CGP403 PECHE BECERRA MARIA DOLORES
CGP404 PEREZ LUYO RICARDO GABRIEL
CGP405 PEREZ PICHIS LUIS
CGP406 REGALADO TAMAYO RAUL
CGP407 REYES CASTILLO LUIS ALBERTO
CGP408 RUBIO SANDOVAL JUAN CARLOS
CGP409 SALAS PINO REYME GUSTAVO
CGP410 SANCHEZ PEREZ GABRIEL
CGP411 SANCHEZ PINTO PERCY ARTURO
CGP412 SANTA MARIA RAZZETO RODOLFO RAFAEL
CGP413 SILVA ABANTO FERNANDO LUIS
CGP414 SUPANTA VELASQUEZ NESTOR ALFONSO
CGP415 TELLO PEREYRA ESTUARDO
CGP416 TELLO TREJO JOSE LUIS
CGP417 TRUCIOS SAMANIEGO GABRIEL VALENTIN
CGP418 TRUJILLO VALDERRAMA JOHN WALTER
CGP419 VARGAS ESPEJO VICTOR ADRIAN
CGP420 VARGAS HERENCIA JUSTA NOHEMI
CGP421 VENTURA ROSAS MARITZA RUTH
CGP422 VIACAVA ESPINOZA JOSE LUIS
CGP423 VIDALON SIRLUPU MARTIN HAROLD
CGP424 VILCA TASAYCO RUTH MARINA
CGP425 VILLA CABALLERO ENRIQUE MANUEL
CGP426 VILLA HUAYLLAS MARITZA LUCY
CGP427 WHITTEMBURY TALLEDO DURICH FRANCISCO

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