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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 025-2014-PCM/SD Acreditan a la Municipalidad
5/06/2014
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 025-2014-PCM/SD Acreditan a la Municipalidad
Acreditan a la Municipalidad Metropolitana de Lima la transferencia de funciones descritas en el Artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de educación, deporte y recreación RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 025-2014-PCM/SD Lima, 4 de abril de 2014 VISTOS: El Informe fi002-2014-PCM-SD/OMC que eleva el Informe de Concordancia fi001-2014-PCM/SD-OTME emitidos por la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 025-2014-PCM/SD
Lima, 4 de abril de 2014
VISTOS:
El Informe fi002-2014-PCM-SD/OMC que eleva el Informe de Concordancia fi001-2014-PCM/SD-OTME
emitidos por la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización; y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el artículo 33° de la Ley fi 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 65° de la Ley fi27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 151° de la Ley fi27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, mediante los Decretos Supremos fi021-2006-PCM, fi036-2007-PCM y N° 049-2008-PCM, se aprobaron los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008, respectivamente, a través de los se cuales programó la transferencia a los Gobiernos Regionales y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, de las funciones del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte y Recreación;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69° de la Ley fi27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la transferencia de competencias, funciones y recursos, así como de proyectos de inversión, se realizan a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por 4 representantes del Consejo Nacional de la Descentralización y 4 representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, en cumplimiento a dicha norma, por Resolución Presidencial fi006-CND-P-2006 emitida por el Consejo Nacional de Descentralización, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana; comisión cuya representación por la Presidencia del Consejo de Ministros ha sido actualizada por Resolución Ministerial N° 313-2013-PCM
del 20.12.2013;
Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización fi032-2007-PCM/SD, modificada por Resolución de Secretaría de Descentralización fi 399-2011-PCM/SD, se aprueba la Directiva fi007-2007-PCM/SD que regula las Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana (MML), de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia;
Que, de acuerdo al numeral 5.1 de la Directiva citada, la transferencia de funciones sectoriales a la MML se realizará por Sectores y/o materias, de acuerdo al Plan de Acción que para el efecto apruebe la Comisión Bipartita de Transferencia, en coordinación con los Sectores y la
MML;
Que, conforme a ello, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 022-2008-PCM-SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual fue modificado por las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 052-2009-PCM-SD y N° 239-2011-PCM-SD, en el que se establece que los Sectores del Gobierno Nacional en coordinación y consenso con la Municipalidad Metropolitana de Lima podrán presentar ante la Comisión Bipartita la propuesta de Plan de Acción Sectorial para la transferencia de nuevas funciones, detallando las actividades necesarias para el cumplimiento de cada etapa del proceso de transferencia;
Que, en el ámbito de las funciones del artículo 47°
de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte y Recreación, la Comisión Bipartita ha aprobado en su Sesión Ordinaria de fecha 22.08.2012 el Plan de Acción Sectorial en materia de educación, deporte y recreación, en las cuales el Ministerio de Educación ejerce rectoría;
plan que fuera dispuesto su publicación mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 054-2012-PCM/SD;
Que, atendiendo al cumplimiento de dicho Plan, y continuando con el procedimiento de transferencia previsto en la Directiva fi007-2007-PCM/SD antes citada, y su etapa de Certificación contemplada en el numeral 5.2.6
de la Directiva, a través del Oficio N° 0048-2013-MINEDU/ VMGI, el Vice Ministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación ha remitido el Informe Situacional del Sector Educación sobre la aptitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones y recursos sectoriales, habiendo hecho lo propio la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Oficio N° 274-2013-MML/PGRLM_GR emitido por el Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana;
Que, conforme lo establecido en el numeral 4) del artículo 2 del Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, la opinión favorable de la Secretaría de Descentralización se realizará mediante un Informe de Concordancia, el cual tomará en cuenta las conclusiones de los Informes Situacionales antes mencionados;
Que, con arreglo a ello, el Informe de Concordancia de Vistos concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para que le sean acreditadas las funciones del Artículo 47° de la Ley fi27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Deporte y Recreación, luego de haberse verificado el cumplimiento de los requisitos específicos en los Informes Situacionales del Ministerio de Educación y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, respectivamente;
Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.2.8. de la Directiva fi007-2007-PCM/SD antes citada, corresponde proceder a la acreditación de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de educación, deporte y recreación, mediante la Resolución correspondiente;
En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acreditación de las funciones descritas en el artículo 47° de la Ley fi27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Deporte y Recreación, a la Municipalidad Metropolitana de Lima Acreditar a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de las funciones descritas en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r), s), t), y u) del artículo 47° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de educación, deporte y recreación, en virtud de las conclusiones del Informe de Concordancia N° 001-2014-PCM/SD-OTME.
Artículo 2.- Notificación de la Acreditación Notificar la presente Resolución al Vice Ministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación y al Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes a la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva fi007-2007-PCM/SD y sus normas modificatorias.
Artículo 3°.- Publicación La presente Resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros www.pcm.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización (e)
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