8/19/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 619-2014/MINSA Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Prevención de la

Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 619-2014/MINSA Lima, 18 de agosto del 2014 Visto, el Expediente N° 14-049391-001 que contiene el Informe N° 050-2014-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental
Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 619-2014/MINSA
Lima, 18 de agosto del 2014
Visto, el Expediente N° 14-049391-001 que contiene el Informe N° 050-2014-DGSP/ESN PC ITS-VIH-SIDA/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que el literal b) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en materia de su competencia;

Que, el literal a) del Artículo 7° de la precitada Ley, señala que en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la función específica de regular la organización y prestación de servicios de salud;

Que, por Resolución Ministerial N° 946-2012/MINSA, se aprobó la NTS N° 064-MINSA/DGSP-V.02 "Norma Técnica de Salud para la profilaxis de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis Congénita", a efectos de establecer las pautas y procedimientos a ser utilizados en la profilaxis de la transmisión vertical del VIH y treponema Pallidum;

Que, los literales a) y c) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión sanitaria y actividades de salud mental, encargado de la función general de Proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de salud de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional, así como diseñar, normar, evaluar y mejorar continuamente el proceso de protección, recuperación y rehabilitación de la salud en el sector, para la asignación y logro de los objetivos funcionales correspondientes;

Que, en virtud de ello, el Director General de Salud de las Personas ha elaborado para su aprobación el proyecto de "Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis", con la finalidad de mejorar el tamizaje de ambas afecciones a través de las pruebas rápidas duales para VIH/Sífilis, armonizar los esquemas de tratamiento antiretrovirales entre mujeres gestantes, así como ampliar el periodo de cobertura de sucedáneos de la leche maternizada de seis meses a un año en favor de los niños nacidos de mujeres viviendo con VIH/SIDA;

Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la NTS N°108-MINSA/DGSP-V.01
"Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis", la misma que en documento adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de ITS y VIH/SIDA y sus respectivos Comités Técnicos, son responsables de la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento y aplicación de la citada Norma Técnica de Salud.

Artículo 3°.- Las Direcciones de Salud de Lima y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional son responsables de la difusión, implementación, monitoreo y supervisión de la presente Norma Técnica de Salud, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 946-2012/MINSA, que aprueba la NTS N° 064-MINSA/DGSP-V .02 "Norma Técnica de Salud para la profilaxis de la T ransmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis Congénita", así como todas las disposiciones que se opongan a la Norma Técnica de Salud que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.qob.pe/ transparencia/normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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