9/17/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 268-2014-ANA Renuevan y prorrogan la reserva de recursos hídricos otorgada

Renuevan y prorrogan la reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 268-2014-ANA Expediente : CUT N° 43474-2014 Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Proyecto Especial Regional Pasto Grande Lima, 12 de setiembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 159-2014-GG-PERGP/GRM presentado por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional Moquegua sobre prórroga de reserva de recursos hídricos;
Renuevan y prorrogan la reserva de recursos hídricos otorgada al Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 268-2014-ANA
Expediente : CUT N° 43474-2014
Materia : Prórroga de reserva de recursos hídricos Solicitante : Proyecto Especial Regional Pasto Grande Lima, 12 de setiembre de 2014
VISTO:

El Oficio N° 159-2014-GG-PERGP/GRM presentado por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional Moquegua sobre prórroga de reserva de recursos hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el numeral 5 del artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre sus funciones, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, el numeral 208.1 del artículo 208° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, dispone que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motiven;

Que, con Decreto Supremo N° 002-2008-AG, se reservó a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional Moquegua, el agua superficial provenientes de los ríos Vizcahas, Chilota y Chincune, afiuentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huaracane y Torata, afiuentes de la cuenca del río Moquegua, por un volumen anual de 92,512 hm 3
al 75% de persistencia, por el plazo de dos (02) años, que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva;

Que, con Resoluciones Jefaturales N° 006-2010-ANA y 288-2012-ANA se prorrogó la reserva de recursos hídricos antes citada, por un volumen de 92,005 hm 3
;

Que, con documento del visto, el Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua solicitó la prórroga de la reserva de recursos hídricos otorgada con Decreto Supremo N° 002-2008-AG
y prorrogada con Resoluciones Jefaturales N° 006-2010-ANA y 288-2012-ANA;

Que, mediante Informe Técnico N° 012-2014-ANA-DCPRH-ERH-SUP/MECL, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos concluye que:
a. De la información remitida por la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña a través del Informe N° 011-2014-ANA-AAA.CO-SDARH-JMPV, concluye que se han otorgado licencias de uso de agua superficial con fines agrarios, con cargo a la reserva de recursos hídricos, por un volumen anual de 13,731 hm 3
.
b. Del volumen de reserva otorgada se realizó el descuento de las licencias de uso de agua superficial y como resultado se obtiene un volumen anual de 78,274
hm 3
, que será la reserva de recursos hídricos a prorrogar, este volumen incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva.
c. La Gerencia General presenta informe sustentatorio sobre el estado actual del Proyecto Especial, donde precisa que la Infraestructura Hidráulica de la Primera Etapa, así como el Plan de Actividades (Fase 1 y Fase 2) se encuentra concluida al 100%, también presentan un reporte de avances parciales de la infraestructura hidráulica de la Segunda Etapa, así como el plan de Actividades para el periodo 2014-2016, que para fines de la prórroga de la reserva se encuentra adecuadamente sustentada.
d. Es procedente la prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, por un volumen anual de 78,274 hm 3
, equivalente a un caudal medio de 2,482 m 3
/s, provenientes de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune, afiuentes de la cuenca alta del río T ambo, así como de los ríos Tulimaca, Huaracane y T orata, afiuentes de la cuenca alta del río Moquegua, volumen que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva.

Que, la reserva de recursos hídricos prorrogada por Resolución Jefatural N° 288-2012-ANA, venció el 12.01.2014, y la solicitud de prórroga fue presentada por el Proyecto Especial en forma posterior, no obstante al haberse acreditado las actividades de avance del Proyecto Especial Pasto Grande así como el plan de actividades para los próximos años, corresponde disponerse previo a la prórroga de la reserva de recursos hídricos, su renovación;

Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- De la renovación de la reserva de recursos hídricos.

Renovar, hasta la fecha de la dación de la presente resolución Jefatural, la reserva de recursos hídricos prorrogada por Resolución Jefatural N° 288-2012-ANA, al Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua.

Artículo 2°.- De la prórroga de la reserva de recursos hídricos.

Prorrogar, por el plazo de dos (02) años, desde la fecha de la dación de la presente resolución, la reserva de recursos hídricos, otorgada al Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, del agua superficial proveniente de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune, afiuentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huacarane y Torata, afiuentes del río Moquegua, por un volumen anual de 78,274 hm 3
equivalente a un caudal medio de 2,482 m 3
/s , que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva.

Artículo 2°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos.

La Autoridad Administrativa del Agua Caplina – Ocoña y la Administración Local de Agua Moquegua son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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