9/19/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 202-2014-PCM Autorizan al CONABI a realizar transferencia financiera al

Autorizan al CONABI a realizar transferencia financiera al Poder Judicial, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo N° 069-2013-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 202-2014-PCM Lima, 16 de setiembre de 2014 Vistos, el Memorando N° 315-2014-PCM/CONABI-P de la Comisión Nacional de Bienes Incautados y el Informe N° 068-2014-PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 311-2013-PCM de fecha 18 de diciembre del 2013, se aprobó el Presupuesto
Autorizan al CONABI a realizar transferencia financiera al Poder Judicial, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo N° 069-2013-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 202-2014-PCM
Lima, 16 de setiembre de 2014
Vistos, el Memorando N° 315-2014-PCM/CONABI-P de la Comisión Nacional de Bienes Incautados y el Informe N° 068-2014-PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 311-2013-PCM de fecha 18 de diciembre del 2013, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2014, de conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1104, Decreto Legislativo que modifica la Legislación sobre Pérdida de Dominio, crea la Comisión Nacional de Bienes Incautados (CONABI), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, para la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva, disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado correspondiente al referido Decreto Legislativo, así como los contemplados en las normas ordinarias o especiales sobre la materia;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 069-2013-PCM, que establecen disposiciones relativas a la distribución del producto de la subasta realizada sobre bienes decomisados, declarados en pérdida de dominio o incautados, señala que el Consejo Directivo de la CONABI podrá disponer su distribución entre las siguientes entidades vinculadas a la lucha contra el crimen organizado, corrupción y minería ilegal, según se describe: 25% para el Poder Judicial, 25% para el Ministerio Público, 25% para la Policía Nacional del Perú y 25% para las procuradurías públicas;

Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea la Unidad Ejecutora "Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI" en el Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la Ley, los recursos provenientes de la enajenación de activos y otros por pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1104, constituyen Recursos Determinados del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se incorporan en el presupuesto institucional de dicho pliego en la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI;

Que, de acuerdo a lo informado por la CONABI a través del Memorando N° 315-2014-PCM/CONABI-P
y del Informe N° 019-2014-PCM/CONABI-SE-PPT del responsable de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 015: CONABI, existe un saldo financiero de S/. 1 431 085,13 proveniente de la subasta N° 001-2014, para atender la implementación del Programa de Fortalecimiento de la Sala Penal Nacional del Poder Judicial en cumplimiento de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 179-2014-PCM, se incorporan mayores recursos, vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Pliego 001:

Presidencia del Consejo de Ministros, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados por la suma de S/. 1 430 000,00, para atender la implementación del Programa de Fortalecimiento de la Sala Penal Nacional del Poder Judicial, en cumplimiento de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado;

Que, el literal iii), del inciso a), del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza durante el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades, comprendiendo a la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a los recursos que custodia y administra la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI;
siendo que dichas transferencias son autorizadas mediante Resolución del Titular del Pliego, conforme lo establece el numeral 12.2 del citado artículo;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y sus modificatorias;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar a la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI de la Presidencia del Consejo de Ministros a realizar la transferencia financiera al Pliego 004: Poder Judicial, hasta por la suma de UN MILLÓN
CUATROCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 430 000,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados, proveniente de los recursos de la Subasta N° 001-administrado por la CONABI, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo N° 069-2013-PCM.

Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será afectado al Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI, Actividad 5003597
Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado, fuente de financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, a favor del Pliego 004: Poder Judicial.

Artículo 3.- La Comisión Nacional de Bienes Incautados será responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual fueron entregados los recursos, según lo establecido en el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros

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