9/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2014-EF/52 Aprueban el Convenio de Traspaso de Recursos a suscribirse

Aprueban el Convenio de Traspaso de Recursos a suscribirse con SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada mediante R.S. N° 040-2014-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2014-EF/52 Lima, 16 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 040-2014-EF se aceptó una Cooperación Técnica No Reembolsable de la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 250 000,00
Aprueban el Convenio de Traspaso de Recursos a suscribirse con SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada mediante R.S. N° 040-2014-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2014-EF/52
Lima, 16 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 040-2014-EF
se aceptó una Cooperación Técnica No Reembolsable de la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 250 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente los estudios de pre-inversión del Proyecto "Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301- Nueva Rinconada en los Distritos de San Juan de Mirafiores y Villa María del Triunfo", cuya ejecución estará a cargo de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL;

Que, de conformidad con el Artículo 3 de la referida Resolución Suprema, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, los recursos provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable antes mencionada, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas;

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-EF, y la Resolución Suprema
N° 040-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos provenientes de la aludida Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada por la Resolución Suprema N° 040-2014-EF.

Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda documentación necesaria para su implementación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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