9/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 308-2014-EF/43 Aprueban la "Directiva sobre neutralidad y transparencia

Aprueban la "Directiva sobre neutralidad y transparencia de los funcionarios, servidores civiles o personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o modalidad contractual, durante los procesos electorales" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 308-2014-EF/43 Lima, 16 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 183 – Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo N° 325, se determinó el ámbito del Sector Economía
Aprueban la "Directiva sobre neutralidad y transparencia de los funcionarios, servidores civiles o personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o modalidad contractual, durante los procesos electorales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 308-2014-EF/43
Lima, 16 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 183 – Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo N° 325, se determinó el ámbito del Sector Economía y Finanzas, así como la competencia y estructura orgánica y funcional del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la neutralidad de los funcionarios y directivos públicos, gerentes públicos, servidores, servidores civiles y personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad laboral o contractual, es un principio que debe guiar la actuación de la administración pública y constituye la contrapartida del derecho de participación política en condiciones de igualdad, el que se encuentra reconocido por la Constitución Política del Perú;

Que, conforme a lo señalado, es política del Gobierno Nacional garantizar elecciones limpias y transparentes colaborando con la absoluta neutralidad y transparencia durante los procesos electorales y cooperar con los organismos del Sistema Electoral para facilitar el cumplimiento de las atribuciones que, según la Constitución Política y la Ley, les corresponden; y dictar disposiciones específicas con el objeto de procesar y sancionar administrativamente a los funcionarios y directivos públicos, gerentes públicos, servidores, servidores civiles y personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad laboral o contractual, que contravengan la legislación electoral, como denunciar ante el Ministerio Público a quienes cometan ilícitos tipificados como delitos contra el ejercicio del sufragio y contra la voluntad popular;

Que, los organismos del Poder Ejecutivo en general y como parte de ellos del Sector Economía y Finanzas, tienen la obligación de garantizar que el derecho de participación política se ejerza con absoluta libertad y en igualdad de condiciones, conforme con las normas constitucionales y legales que regulan la materia, garantizando de esta manera una elección competitiva, que es aquella en la cual las entidades públicas no brindan ventajas o privilegios para ningún candidato u organización política;

Que, el literal a) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF
señala que el Ministro de Economía y Finanzas orienta, formula, dirige, coordina, determina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas nacionales y sectoriales en materia económica y financiera, así como la gestión de los sistemas administrativos de su competencia, en el marco de la política general del gobierno;

Que, en armonía con la política del Gobierno Nacional es necesario aprobar, en el marco de las disposiciones de la materia, la Directiva que establezca los lineamientos para la neutralidad y transparencia de los funcionarios y directivos públicos, gerentes públicos, servidores, servidores civiles y personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad laboral o contractual durante los procesos electorales;

De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo N° 325 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Decreto Supremo
N° 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la "Directiva sobre neutralidad y transparencia de los funcionarios, servidores civiles o personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o modalidad contractual, durante los procesos electorales", que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Hacer de conocimiento la "Directiva sobre neutralidad y transparencia de los funcionarios, servidores civiles o personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier régimen laboral o modalidad contractual, durante los procesos electorales", aprobada en el artículo precedente, a los Organismos Públicos adscritos, empresas bajo su ámbito, programas, proyectos y en general cualquier entidad bajo el ámbito del Sector Economía y Finanzas, quienes se encargarán de difundirla a sus órganos dependientes, funcionarios y directivos públicos, gerentes públicos, servidores, servidores civiles y personas que prestan servicios en el Sector Economía y Finanzas, bajo cualquier modalidad laboral o contractual.

Artículo 3.- La presente resolución ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la misma fecha, el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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