9/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 328-2014-MIMP Aprueban los "Lineamientos de Política para la Promoción

Aprueban los "Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores" y dejan sin efecto la R.M. N° 156-2005-MIMDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 328-2014-MIMP Lima, 15 de setiembre de 2014 Vistos, la Nota N° 419-1024-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota N° 425-2014-MIMP/DGFC/DIPAM y el Informe N° 036-2014-MIMP/DGFC/DIPAM/MTMJ de la Dirección de Personas Adultas Mayores; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba
Aprueban los "Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores" y dejan sin efecto la R.M. N° 156-2005-MIMDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 328-2014-MIMP
Lima, 15 de setiembre de 2014
Vistos, la Nota N° 419-1024-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota N° 425-2014-MIMP/DGFC/DIPAM y el Informe N° 036-2014-MIMP/DGFC/DIPAM/MTMJ de la Dirección de Personas Adultas Mayores;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual establece en el literal h) del artículo 5 que este Ministerio tiene competencia en la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores;

Que, mediante la Ley N° 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores se aprobó el marco normativo que garantiza los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internacionales vigentes de las personas adultas mayores para mejorar su calidad de vida y que se integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural, contribuyendo al respeto de su dignidad;

Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano encargado de promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos sobre las personas adultas mayores;

Que, la Dirección de Personas Adultas Mayores ha elaborado los "Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores", que tiene como objetivo general mejorar la calidad de vida de la población adulta mayor mediante el desarrollo de acciones articuladas desde el Estado y la Sociedad Civil, de promoción del buen trato sobre la base del respeto y protección a sus derechos fundamentales, priorizando el respeto a su dignidad, autonomía, cuidado y no discriminación de las mismas;

Que, en los Informes N° 010-2014-MIMP/DGFC/ DIPAM/MTMJ y N° 036-2014-MIMP/DGFC/DIPAM/MTMJ
la Dirección de Personas Adultas Mayores sustentan la aprobación del documento: "Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores", señalando que el mencionado instrumento incorpora en su desarrollo los enfoques que forman parte del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017, aprobado por Decreto Supremo N° 002-1013-MIMP; asimismo, se ha incorporado las recomendaciones efectuadas por las organizaciones de la sociedad civil que abordan la temática del adulto mayor, del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, del Programa Nacional Vida Digna, del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar y de la Dirección General Contra la Violencia de Género;

Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar "Los Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores";

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Vida Digna, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos de Política para la Promoción del Buen Trato a las Personas Adultas Mayores" que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 156-2005-MIMDES que aprobó los "Lineamientos de Política para la Prevención del Maltrato y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores".

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.
mimp.gob.pe).

Regístrese comuníquese y publíquese.

CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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