9/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 336-2014-VIVIENDA Aprueban el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento

Aprueban el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento de Alcance Nacional - 2021" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 336-2014-VIVIENDA Lima, 15 de setiembre de 2014 VISTOS: El Memorándum N° 005-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS e Informe N° 010-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS emitidos por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento y la Dirección de Saneamiento del MVCS respectivamente; el Memorándum N° 913-2014/VIVIENDA-OGPP y el Informe N° 014-2014/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina General de Planeamiento
Aprueban el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento de Alcance Nacional - 2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 336-2014-VIVIENDA
Lima, 15 de setiembre de 2014
VISTOS:

El Memorándum N° 005-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS e Informe N° 010-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS emitidos por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento y la Dirección de Saneamiento del MVCS respectivamente;
el Memorándum N° 913-2014/VIVIENDA-OGPP y el Informe N° 014-2014/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Planeamiento y Modernización respectivamente, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26338, se aprobó la Ley General de Servicios de Saneamiento, se declaró a los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, cuya finalidad es proteger la salud de la población y el ambiente;

Que, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, tiene por objeto establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y al aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo el desarrollo, la protección ambiental y la inclusión social;

Que, el artículo 8 de la Ley N° 26338 señala que corresponde al Ministerio de la Presidencia, actual Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, actuar como el organismo rector del Estado en los asuntos referentes a los servicios de saneamiento y como tal, formular las políticas y dictar las normas para la prestación de los mismos;

Que, el literal a) del artículo 11 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA, dispone que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y demás medidas que correspondan;

Que, el numeral 5 del artículo 9 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señala que es una función exclusiva del sector, aprobar la regulación reglamentaria sectorial y el plan nacional en materia de saneamiento, así como asignar recursos y transferirlos a las entidades prestadoras de los servicios de saneamiento y eventualmente a los gobiernos regionales y locales a fin de que ejecuten proyectos de inversión en saneamiento, conforme a la normativa en la materia;

Que, de acuerdo al literal b) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, corresponde a la Dirección General de Política y Regulación en Construcción y Saneamiento, proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de construcción y saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen;

Que, el Informe N° 010-2014-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS emitido por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS y el Informe N° 014-2014/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS; consideran que es necesario aprobar el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento de Alcance Nacional - 2021", el cual ha sido formulado con la finalidad de cuantificar las necesidades de los recursos necesarios que requiere el país en dicho período para efectos de cubrir la brecha de cobertura en los servicios de agua y saneamiento, incluyendo el tratamiento de las aguas residuales a nivel nacional;

Que, dicho documento será un insumo necesario para la correspondiente actualización del "Plan Nacional de Saneamiento 2006-2015" aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2006-VIVIENDA, el cual deberá contener los objetivos, estrategias, metas y políticas para el desarrollo de dicho sector, a corto, mediano y largo plazo, así como los programas, inversiones y fuentes de financiamiento consiguientes;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 26338, se aprobó la Ley General de Servicios de Saneamiento y el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Inversiones del Sector Saneamiento de Alcance Nacional - 2021", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y del anexo que forma parte integrante de la misma, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (http://www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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