9/17/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 638-MTC/02 Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obra de

Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obra de rehabilitación y mejoramiento de tramo de la Carretera Chongoyape - Cochabamba -Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 638-MTC/02 Lima 12 de setiembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación N° 250-2014-MTC/20 de fecha 28.08.2014, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del Valor de Tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio
Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obra de rehabilitación y mejoramiento de tramo de la Carretera Chongoyape - Cochabamba -Cajamarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 638-MTC/02
Lima 12 de setiembre de 2014
VISTO:

La Nota de Elevación N° 250-2014-MTC/20 de fecha 28.08.2014, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS
NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del Valor de Tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a seis (06) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota"; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30230 – Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, publicada el 12.07.2014, en su artículo 27° establece la modificación de la primera disposición complementaria final de la Ley N° 30025 - Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles Afectados para la Ejecución de Diversas Obras de Infraestructura, indicando que "tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley 27628, antes de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628";

Que, la Ley N° 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, modificada por la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30025, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnización por el perjuicio económico causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante. El valor total de la tasación será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27628, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El valor total de la tasación constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vías públicas, durante el trato directo;

Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL
y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional N° 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117– Ley General de Expropiaciones y 27628 – Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales; con la finalidad que la citada Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo;

Que, con Oficio N° 733-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC de fecha 16.04.2014, recepcionado por PROVIAS
NACIONAL con fecha 22.04.2014, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite siete (07) informes técnicos de tasación, correspondientes a siete (07) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota";

Que, mediante Memorándum N° 3804-2014-MTC/20.6
de fecha 15.07.2014, ampliado con Memorándum N° 4235-2014-MTC/20.6, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, alcanza a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, seis (06) informes técnicos de tasación, así como el Informe N° 116-2014-HJCA de fecha 15.07.2014, que indica: 1) Los propietarios de los predios afectados por la ejecución de la la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota", tienen su derecho de propiedad debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, 2) conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, modificada por el Artículo 27° de la Ley N° 30230, corresponde que el presente procedimiento de adquisición de inmuebles por trato directo se culmine bajo los alcances de la Ley N° 27628, 3) de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27628, corresponde que mediante Resolución Ministerial se apruebe el valor total de la tasación de seis (06) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota" que forma parte del proyecto "Carretera longitudinal de la sierra:

Chiple – Cutervo – Cochabamba – Chota – Bambamarca – Hualgayoc – Desvío Yanacocha, Cajabamba – Sausacocha, Huamachuco – Shorey – Santiago de Chuco – Pallasca – Cabana – Tauca, Huallanca – Caraz, Huallanca – La Unión – Huánuco, Izcuchaca – Mayocc –
Huanta Ayacucho – Andahuaylas – Abancay", establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, agregándose un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de los predios y mejoras, 4) de conformidad con el marco legal vigente que regulan la materia, considera procedente y recomienda gestionar la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe el valor total de la tasación correspondiente a los inmuebles referidos, a fin de continuar con el proceso de adquisición de los inmuebles afectados a favor de
PROVIAS NACIONAL;

Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, con Informe N° 564-2014-MTC/20.3 de fecha 21.07.2014, concluye que luego de efectuada la revisión de los documentos que obran en el Expediente administrativo y de la normatividad sobre la materia, es procedente continuar con el trámite de aprobación del valor total de la tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a seis (06) inmuebles afectados durante la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo:

Cochabamba – Chota";

Que, con la Nota de Visto, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL solicita se apruebe la tasación de seis (06) inmuebles afectados durante la ejecución de la Obra:
"Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba –
Chota", que forma parte del proyecto "Carretera longitudinal de la sierra: Chiple – Cutervo – Cochabamba – Chota –
Bambamarca – Hualgayoc – Desvío Yanacocha, Cajabamba – Sausacocha, Huamachuco – Shorey – Santiago de Chuco – Pallasca – Cabana – Tauca, Huallanca – Caraz, Huallanca – La Unión – Huánuco, Izcuchaca – Mayocc –
Huanta Ayacucho – Andahuaylas – Abancay";

De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos.

27628, 29370 y 30025, modificada por la Ley N° 30230;
así como por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes a seis (06) inmuebles afectados por la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota", conforme al siguiente detalle:

Item Código Partida Registral de la Zona Registral N° II
- Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chota Valor de la tasación (S/.)
10%
adicional (S/.)
Valor Total de la Tasación (S/.)
1
CHO-VA-08 &
CHO-T-030
11041107 34 144,11 3 414,41 37 558,52
2
CHO-VA-16 &
CHO-T-152
02024190 43 340,62 4 334,06 47 674,68
3
CHO-VA-17 &
CHO-VA-18 &
CHO-T-158
11062553 18 485,52 1 848,55 20 334,07
4
CHO-VA-27 &
CHO-T-167
02024412 132 492,19 13 249,22 145 741,41
5
CHO-VA-38 &
CHO-T-209
02060202 33 800,59 3 380,06 37 180,65
6
CHO-VA-39 &
CHO-T-211
02167200 67 895,19 6 789,52 74 684,71
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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