9/19/2014

RESOLUCIÓN SMV N° 019-2014-SMV/01 Autorizan difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de

Autorizan difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en Rueda de Bolsa RESOLUCIÓN SMV N° 019-2014-SMV/01 Lima, 16 de septiembre de 2014 VISTOS: El expediente N° 2014019288 y el Memorándum 2277-2014-SMV/06/1 1/12 del 1 1 de septiembre de emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica, así
Autorizan difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en Rueda de Bolsa
RESOLUCIÓN SMV N° 019-2014-SMV/01
Lima, 16 de septiembre de 2014
VISTOS:

El expediente N° 2014019288 y el Memorándum 2277-2014-SMV/06/1 1/12 del 1 1 de septiembre de emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como el Proyecto de modificación del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 (en adelante, el
PROYECTO);

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5° de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como aquella a que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, por medio de la comunicación GE-040/14 del 23 de mayo de la Bolsa de Valores de Lima S. A. (en adelante, BVL) propuso modificar el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 (en adelante, el Reglamento de Inscripción), para permitir que las bolsas de valores puedan solicitar la inscripción de valores extranjeros en el Registro Público del Mercado de Valores (en adelante, RPMV) y en sus registros internos;

Que, mediante la inscripción de valores extranjeros, la BVL podrá facilitar el acceso a un mayor número de alternativas de inversión a los diversos agentes de la economía, cumpliendo una función similar a la realizada en la actualidad por el Agente Promotor y por la misma BVL en el marco de la regulación del Mercado Integrado Latinoamericano, bajo estándares de protección al inversionista, y contribuir a generar mayores volúmenes de negociación, cumpliendo de este modo con sus funciones;

Que, por tanto, se considera necesario modificar el Reglamento de Inscripción para establecer obligaciones estándares aplicables a las sociedades agentes que cumplen el rol de agente promotor y a las bolsas de valores que también podrán solicitar la inscripción de valores extranjeros en el RPMV;

Que, a fin de concretar los objetivos expuestos se ha elaborado el PROYECTO; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1°
y el literal b) del artículo 5° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley N° 29782; el segundo párrafo del artículo 7° de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias; lo dispuesto en la Resolución SMV N° 014-2014-SMV/01, que aprueba la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, y por el numeral 2 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 15 de septiembre de 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución
SMV N° 031-2012-SMV/01.

Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores a través de la siguiente dirección: http://www.
smv.gob.pe Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de veinte (20) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz 315- Mirafiores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: ProyModRgltoInscripcion@smv.
gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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