9/19/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 471-2014-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 471-2014-DE/MGP Lima, 18 de setiembre de 2014 Visto, el Oficio P.200-1808 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 8 de agosto de 2014; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la V Reunión de Estados Mayores de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de México, realizada entre el 8 de mayo de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú, acordaron realizar la VI Reunión de Estados Mayores, en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos; Que,

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 471-2014-DE/MGP
Lima, 18 de setiembre de 2014
Visto, el Oficio P.200-1808 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 8 de agosto de 2014;

CONSIDERANDO:

Que, en el Acta de la V Reunión de Estados Mayores de Inteligencia entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de México, realizada entre el 8 de mayo de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú, acordaron realizar la VI Reunión de Estados Mayores, en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos;

Que, el Agregado Naval a la Embajada de México en el Perú, ha cursado invitación, para participar en la VI
Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de México, a realizarse en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 25
de setiembre de 2014;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de DOS (2) Oficiales Almirantes, DOS (2) Oficiales Superiores y UN (1) Oficial Subalterno, para que participen en la mencionada reunión;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del V icealmirante Wladimiro GIOV ANNINI y Freire, Contralmirante Raúl Alfredo ROBLES Manrique, Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, Capitán de Fragata Mauricio MENDEZ Navarro y del Teniente Segundo Manuel Fernando Jesús CASTILLA Salazar, para que participen en la VI Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de México, a realizarse en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 25 de setiembre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/ SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Wladimiro GIOVANNINI y Freire, CIP . 02779523, DNI. 43568578, del Contralmirante Raúl Alfredo ROBLES Manrique, CIP. 00804216, DNI.

43287821, del Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, CIP. 01801703, DNI. 43313369, del Capitán de Fragata Mauricio MENDEZ Navarro, CIP.
00891915, DNI. 43756150 y del T eniente Segundo Manuel Fernando Jesús CASTILLA Salazar, CIP. 00095278, DNI. 43313763, para que participen en la VI Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de México, a realizarse en la ciudad de México D.F ., Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 25 de setiembre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 22 de setiembre de 2014.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - México D.F. (Estados Unidos Mexicanos) - Lima US$ 1,380.00 x 5 personas US$ 6,900.00
Viáticos:

US$ 440.00 x 5 personas x 4 días US$ 8,800.00
--------------------TOTAL A PAGAR: US$ 15,700.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Vicealmirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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