10/29/2014

RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 071-2014-J-ODECMA-LE/PJ Implementan Programa de Quejas Verbales

Implementan Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima Este RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 071-2014-J-ODECMA-LE/PJ Chaclacayo, 20 de octubre de 2014 LA JEFATURA DESCONCENTRADA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE VISTO y CONSIDERANDO; PRIMERO.- De la ODECMA y su Finalidad Que, uno de los objetivos institucionales de la OCMA y ODECMAs es emprender políticas de prevención, coadyuvando a que los magistrados y auxiliares jurisdiccionales
Implementan Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima Este
RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 071-2014-J-ODECMA-LE/PJ
Chaclacayo, 20 de octubre de 2014
LA JEFATURA DESCONCENTRADA DE LA OFICINA
DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
VISTO y CONSIDERANDO;

PRIMERO.- De la ODECMA y su Finalidad Que, uno de los objetivos institucionales de la OCMA
y ODECMAs es emprender políticas de prevención, coadyuvando a que los magistrados y auxiliares jurisdiccionales se desempeñen con observancia de los principios de la administración de justicia y los valores éticos de la función judicial, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4° numeral 5) del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ
publicada en el Diario O cial "El Peruano el día 29 de diciembre del 2012.

SEGUNDO.- De la ODECMA y su Labor Preventiva Que, la ODECMA de Lima Este, en armonía con los lineamientos trazados por la Jefatura Suprema de la OCMA, viene adoptando una política de control preventiva antes que sancionatorio, en mérito del cual se han desplegado diferentes acciones de acercamiento a la sociedad y comunicación permanente con los jueces y auxiliares, coadyuvando eficazmente a un mejor servicio de impartición de justicia para los ciudadanos.

TERCERO.- De los Módulos de Quejas Verbales Itinerantes de ODECMA
Que, como parte de la política de prevención y en cumplimiento de los objetivos estratégicos de nuestro Plan de Trabajo para el presente año judicial 2014, esta Jefatura considera necesario llevar adelante la instalación de módulos de quejas verbales itinerantes en las sedes judiciales con mayor recurrencia de quejas o aquellas que lo requieran, acercando el Órgano de Control a los litigantes de las zonas más alejadas de la Sede Central de nuestra Corte Superior de Justicia de Lima Este (Chaclacayo).

CUARTO.- Del Sustento Normativo Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA establece en su Art. 55° numerales 1) y 2), que son funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, el recibir y tramitar las quejas verbales por retardo de justicia y otras irregularidades que se formulen, desarrollando coordinaciones necesarias para su solución respectiva. Asimismo el Art. 13° numeral 3)
del mismo cuerpo normativo, señala que es función del Jefe de la ODECMA disponer y practicar operativos de control, siendo en este caso, la implementación de los módulos de atención de quejas verbales, una acción de control preventivo, que puede ser autorizada al amparo de las funciones de plani cación, organización y dirección de la ODECMA, establecidas en el Art. 13° numeral 1) del precitado Reglamento.

Por tales consideraciones, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por el Inc. 1 del Art. 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la O cina de Control de la Magistratura;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- IMPLEMENTAR el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima Este, por medio del cual se instalarán, en forma temporal e itinerante, módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadano, ejecutándose en forma progresiva en sedes judiciales periféricas, dependencias jurisdiccionales que se encuentren alejadas, tengan mayor a uencia de usuarios, mayor recurrencia de queja o aquellas en las que sea necesario habilitar dichos módulos de atención para garantizar un servicio de atención oportuno y e caz a los reclamos.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Juez Superior Provisional – Jefa de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, la programación y selección de las Sedes y Órganos Jurisdiccionales en los que se implementarán los Módulo de Quejas Verbales Itinerantes, dando cuenta a esta Jefatura en forma permanente, debiendo coordinar lo necesario respecto a los Magistrados Integrantes de la citada Unidad, en adición a sus funciones, que ejecutarán dicha medida, con conocimiento del Jefe de la Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas, a n de desplegar acciones que no afecten el programa de visitas judiciales que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada.

Artículo Tercero.- DISPONER que el Programa de Quejas Verbales Itinerantes inicie formalmente sus funciones en el mes de octubre del presente año, y con la mayor prontitud posible, conforme al cronograma que será coordinado directamente ante la Jefatura de
ODECMA.

Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O cina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Unidades Desconcentradas, Magistrados designados y de la O cina de Administración Distrital, para los nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

JUAN CARLOS SANTILLAN TUESTA
Jefe de la O cina Desconcentrada de la Magistratura Corte Superior de Justicia de Lima Este Poder Judicial
SARA MARGARITA JURADO ALONZO
Secretaria de la O cina Desconcentrada de la Magistratura Corte Superior de Justicia de Lima Este

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